La Comisión Europea adoptó ayer una propuesta de reglamento sobre la indicación de supuestos beneficios para la salud en los alimentos. La propuesta pasa ahora para su trámite en el Parlamento Europeo y el Consejo y si todo va como prevé la Comisión debería estar en vigor en 2005.
Las actuales normas de la UE no definen las condiciones en las que un fabricante puede o no puede hacer afirmaciones sobre las características saludables de los alimentos. Por otra parte, es relativamente frecuente la publicidad incompleta, cuando no engañosa, que utiliza supuestas cualidades beneficiosas para la salud. La propuesta pretende además armonizar las diferentes legislaciones nacionales existentes en varios Estados Miembros.
Algunos de los puntos más importantes de la propuesta son los siguientes:
– No se permitirán indicaciones claramente engañosas como por ejemplo 90% libre de grasa (=10% de contenido en grasa).
– No se permitirá el resaltar la presencia de un componente nutricional que supuestamente tenga efectos beneficiosos salvo que estos beneficios están establecidos sobre bases científicas sólidas. Pasados tres años desde la entrada en vigor, se hará una lista positiva de estos componentes, de acuerdo con la opinión de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria.
– No se permitirán afirmaciones vagas o poco claras referidas a supuestos beneficios del alimento como “le mantiene joven” o “le ayuda a prevenir el stress”. No se permitirán tampoco referencias al apoyo explícito al producto de médicos o nutricionistas, así como afirmaciones sobre supuestos efectos saludables de bebidas alcohólicas de más de 1,2 grados.
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