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El MAPA prohibe el movimiento de animales etre explotaciones de cebo

12/09/2003

Mediante la publicación de un nuevo Real Decreto que impide explícitamente el movimiento de animales entre cebaderos, el Ministerio de Agricultura ha perdido una oportunidad única para lograr un progreso en la erradicación de enfermedades de los animales tales como la tuberculosis, la brucelosis o la leucosis.

Considerando que no existe ningún tipo de ayuda para la realización de las pruebas de calificación en cebaderos y que el aumento de explotaciones saneadas se debe al esfuerzo de los ganaderos de cebo interesados en calificar sanitariamente sus explotaciones, hubiera sido tan fácil como incluir el requisito de explotación «oficialmente indemne» para permitir el movimiento de animales entre granjas, dado que son muchos los animales que completan su cebo en varias explotaciones.

Sin embargo, el Ministerio nos ha sorprendido una vez más publicando en el BOE el Real Decreto 1047/2003 en que se define cebadero como: «aquella (explotación) que no dispone de animales destinados a la reproducción, y que está dedicada exclusivamente al engorde de animales de la especie bovina con destino exclusivo a su posterior sacrificio en matadero».

Del mismo modo, aunque con un poco más de criterio, ha contemplado las explotaciones denominadas de «precebo», para el destete de animales mamones que se pueden destinar a matadero o a otra explotación donde completen el proceso de engorde «como último paso antes de su sacrificio», de modo que si bien no obvia la realidad innegable del cebo de mamones, limita su engorde a un máximo de dos explotaciones.

Con este nuevo texto legislativo el Ministerio de Agricultura no ha hecho más que dar nuevas muestras de su total desconocimiento de ciertos aspectos del sector ganadero, como la existencia de los comerciantes de ganado que compran animales, realizan lotes homogéneos y posteriormente venden partidas a los cebaderos, por no entrar a valorar la importancia de que dota a la calificación sanitaria de los cebaderos.

Considerando el ínfimo porcentaje de positivos que anualmente registran las estadísticas de calificación de cebaderos en nuestro país, desde la Asociación Española de Criadores de Vacuno de Carne (ASOVAC), no podemos más que lamentarnos ante la gran oportunidad que ha dejado pasar el Ministerio de Agricultura si en lugar de optar por la prohibición hubiese abogado por el movimiento entre explotaciones calificadas sanitariamente, dinamizando por sí mismo el proceso de calificación.

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