El pasado día 15, la Industria Azucarera de la Zona Sur, y la Federación de Grupos Remolacheros; ASAJA, UPA y COAG, establecieron las bases para la liquidación de la remolacha producida en Andalucía y Extremadura.
La producción en miles de toneladas y la riqueza de azúcar en cada una de la provincias fue la siguiente: Badajoz; 34.722 Tm, 16,43º. Cádiz; 816.867 Tm, 16,95º. Córdoba; 125.545 Tm, 15,92º. Huelva 31.687 Tm, 16,17º. Jaén 44.888, 15,95º. Málaga; 2.866 Tm, 16,78 º. Sevilla; 1.040.163 Tm, 16,24º. Total Zona Sur; 2.096.738 Tm, 16,48 grados polarimétricos.
Para una contratación de 2.080 millones de toneladas se han producido 2.096 millones de toneladas de remolacha, de las que se han obtenido 235 mil toneladas de azúcar en las fábricas de Azucarera Ebro y 30 mil en la Azucarera de Linares.
Como consecuencia de este acuerdo, no se exportará azúcar al mercado extracomunitario, reportándose a la campaña siguiente el azúcar procedente de la remolacha producida por los cultivadores por encima de los contratos.
Como una parte de la producción, que en principio se contrató con cargo a la cuota del año próximo (reporte), se destina a compensar los déficits entre la contratación y las entregas de pleno precio de este año, se liquidará al 98% del precio de la remolacha de cuota, y al 95% de este precio, la remolacha entregada por encima de los contratos.
Estos acuerdos han sido posibles por la aplicación del Acuerdo Marco Interprofesional (A.M.I.) que, con carácter nacional regula las campañas remolacheras hasta el verano del 2.005.
Los Grupos Remolacheros, a través de su Federación, criticaron en el momento de su firma muy duramente el contenido del AMI, al considerarlo de efectos muy perjudiciales para los cultivadores. Si la gestión de la cuota del Sur se hubiese mantenido en las condiciones anteriores al AMI, toda la remolacha se hubiera liquidado a pleno precio.
Se han establecido también, los mecanismos para la aplicación de los derechos de siembra, de acuerdo con lo estipulado en el AMI. Derechos que individualmente dependen de la cantidad reportada el año anterior y la que en cada caso tenga que reportar al año siguiente.
Sevilla, 16 de Septiembre de 2.003
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