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Está aquí: Home / Política agraria / Política agraria España / El Ministerio de Trabajo confirma a ASAJA la permanencia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social

           

El Ministerio de Trabajo confirma a ASAJA la permanencia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social

29/09/2003

Madrid, 26 de septiembre de 2003.- En la reunión mantenida con el nuevo Secretario de Estado de Seguridad Social, los representantes de ASAJA y el ministerio de Trabajo ratificaron el Acuerdo alcanzado el pasado 21 de mayo en materia de Seguridad Social Agraria y que supone la incorporación de importantes mejoras al REASS. Además, se acordó la creación de una Comisión de Seguimiento y Estudio que será la encargada de vigilar el cumplimiento de los acuerdos tanto de altas y bajas en el Régimen Agrario como de las propias mejoras incluidas en el mismo.

El Secretario de Estado confirmó al presidente de ASAJA, Pedro Barato la permanencia y continuidad del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, tal y como se recogió en el Acuerdo suscrito con ASAJA. En este sentido, Fernando Castelló informó que el contenido del acuerdo se ha incorporado a las enmiendas tramitadas en el Congreso de los Diputados, mediante proyecto de ley, al Real Decreto 2/2003 de 25 de abril, sobre medidas económicas.

Las enmiendas que se han tramitado en el Congreso recogen los cuatro puntos, considerados por ASAJA como irrenunciables para la mejora del sistema. En concreto, el carácter voluntario respecto de los trabajadores por cuenta propia del REASS que tuvieran tal condición a 31 de diciembre de 2003. Es decir, que el trabajador por cuenta propia podrá elegir la base cálculo de su cotización, manteniéndose la actual base del REASS como opción de cotización mínima sin perjuicio de que el trabajador pueda optar por otras bases superiores si quiere tener derecho a mayores prestaciones.

En segundo lugar, el Gobierno se compromete a estudiar la modificación de la definición de trabajador por cuenta propia del REASS, con el compromiso de que con la nueva definición se mantenga el número de activos actuales, casi 300.000, que seguirán perteneciendo al régimen y percibiendo sus prestaciones.

La tercera medida se refiere a que los trabajadores por cuenta propia del REASS puedan compatibilizar dicha condición con la realización de labores agrarias por cuenta ajena, sin que ello suponga que deban cotizar a la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena. Esta medida afecta básicamente a los agricultores del Levante español.

Por último, la voluntad del Gobierno de estudiar el establecimiento de reducciones en las bases de cotización para los jóvenes menores de 30 años que se incorporen por primera vez al REASS como trabajadores por cuenta propia en términos similares a los fijados en el régimen de autónomos.

Como nuevo compromiso por parte de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social se ha decidido constituir, en los próximos días, una Comisión de Seguimiento y Estudio formada por representantes de ASAJA y del ministerio de Trabajo que velará por el cumplimiento de todo lo acordado en materia del REASS y estudiará nuevas propuestas de mejoras.

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