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Se pospone la aplicación de la nueva normativa sobre erradicación de enfermedades

20/10/2003

El pasado 10 de septiembre entró en vigor una nueva normativa que modificaba la legislación vigente en relación a la aplicación de los programas de erradicación de enfermedades. Sin embargo, las autoridades se han dado cuenta de que es necesario disponer de tiempo suficiente antes de aplicar de forma efectiva la nueva legislación, con el fin de que en las Comunidades Autónomas se finalicen los programas con la misma normativa con la que se iniciaron.

De este modo, se ha acordado, mediante el Real Decreto 1296/2003, recién publicado, que la nueva legislación entre en vigor el 1 de enero de 2004, de forma que coincida con el inicio de las nuevas campañas de saneamiento.

Las modificaciones que incluye la nueva normativa, que se aplicará a partir del próximo año, se refiere al régimen de movimiento de animales tanto con destino a vida como para sacrificio, dentro del territorio nacional, estableciéndose normas más estrictas con el fin de aumentar las explotaciones clasificadas.

Otra de las variaciones es que de acuerdo con las nuevas técnicas existentes, tiene que modificarse el régimen de vacunaciones contra la brucelosis bovina, así como de las pruebas de diagnóstico de dicha enfermedad, al tiempo que se incluye como método de diagnóstico de la tuberculosis bovina, el gamma-interferón.

También se incluyen la definición de las explotaciones bovinas del tipo B2 negativa, las T2 negativas y de las explotaciones ovinas y caprinas M2 negativas, así como las definiciones para explotaciones de cebo o cebadero, de precebo, bovinas de reproducción y bovinas de recría de novillas.

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