21,nov.’03.- El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Miguel Arias, y el director general de MAKRO, José Luis Utasá Fernández, firmaron hoy un convenio específico de colaboración con objeto de unir las voluntades de ambas partes para, en situaciones excepcionales de bajo coste en uno o varios productos frescos agrarios, perecederos y de gran consumo, trasladar a los consumidores la totalidad del descenso del precio en origen. Esta medida favorecerá el incremento de la demanda, lo que permitirá, a su vez, la reactivación del mercado y de los precios percibidos por el agricultor.
Este Acuerdo desarrolla una de las actuaciones previstas por los dos organismos en el Convenio Marco que firmaron las partes en 2002, relativa a un plan de apoyo al sector agrario en situaciones excepcionales, y se enmarca en las buenas relaciones que el MAPA mantiene con este autoservicio mayorista, en campos tan importantes como el control de los productos agroalimentarios comercializados o la formación del personal sobre las cualidades de los mismos.
PRODUCTOS OBJETO DEL CONVENIO
Los productos frescos agrarios objeto del convenio, que han de reunir las condiciones de ser perecederos, contar con un volumen de consumo importante, y que la disminución de su precio conlleve un incremento de la demanda son: patatas, tomates, melón, sandía, manzanas, peras, carne de vacuno, carne de cerdo blanco y cerdo ibérico y carne de cordero.
Para la consecución del objetivo establecido en el Convenio, el MAPA realizará un seguimiento de los precios en origen de estos productos frescos agrarios, de tal manera que cuando dicho precio descienda por debajo de un determinado porcentaje establecido en el Convenio y durante un periodo de tiempo también estipulado, las partes deberán decidir si existe una situación excepcional en el mercado para uno o varios de estos productos.
El descenso de precio tiene que darse durante al menos ocho días consecutivos para frutas y hortalizas y dos semanas para el resto de los productos.
MANTENIMIENTO DEL MARGEN BRUTO
Si coinciden ambas partes, MAKRO se compromete al mantenimiento del margen bruto que su empresa viniera aplicando en los días previos al descenso de precios, divulgándose esta acción del autoservicio mayorista entre agricultores y consumidores.
Las partes aceptarán que la crisis ha concluido cuando el precio en origen durante un periodo determinado se iguale al precio medio en los tres años anteriores o cuando hayan transcurrido cuarenta y cinco días de aplicación de la medida.
Por último, el Convenio contiene una cláusula por la cual MAKRO puede, voluntariamente, disminuir durante el periodo de crisis el margen bruto que venía aplicando con anterioridad a la misma o aumentar el periodo de tiempo de mantenimiento del margen previo al periodo excepcional.
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