12,dic.’03.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos comunitarios sobre el sistema de etiquetado de carne de vacuno. En concreto, se regulan determinados aspectos del etiquetado obligatorio y facultativo de la carne de vacuno, -basados algunos en interpretaciones de la Comisión Europea-, incluido el de carne de reses de lidia y carne de vacuno picada.
Este Real Decreto, que deroga el de 1999, otorga una mayor seguridad jurídica a operadores comerciales y ciudadanos, y facilita una mayor claridad y comprensión de la normativa vigente.
Así, se establecen las categorías del animal o los animales de que procede la carne en función de sexo y edad. Se regulan de forma detallada las obligaciones de los operadores que son necesarias para garantizar la trazabilidad de la carne de vacuno y sus productos, así como el régimen de control y registro de pliegos de condiciones.
El nuevo Real Decreto se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa comunitaria y nacional vigentes.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.