27,ene.’04.- Tal como contemplaba la Ley de Sanidad Animal, aprobada en abril del pasado año, ha quedado constituido esta mañana el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria, órgano de coordinación entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Comunidades Autónomas para sus actuaciones en materia de control sanitario, orientadas a planificar, coordinar y erradicar cualquier brote infeccioso que pudiera detectarse, tanto en animales de producción, como entre los de compañía o entre la fauna salvaje.
Este Comité, que estará presidido por el Director General de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y cuya vicepresidencia ostentará el Subdirector General de Sanidad Animal del MAPA, estará compuesto por un representante de cada una de las 17 Comunidades Autónomas, así como de Ceuta y Melilla.
También formarán parte de este Comité un representante de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria, del Ministerio de Sanidad y Consumo, y los directores de los Laboratorios Nacionales de Referencia de Algete en Madrid y de Santa Fé en Granada, ambos especializados en enfermedades infecciosas.
Además de la coordinación de las actuaciones entre las distintas Administraciones en materia de sanidad animal, el Comité Nacional se
encargará de estudiar las medidas para la prevención, lucha y erradicación de las enfermedades objeto de los programas nacionales, debiendo igualmente realizar el seguimiento de la situación epidemiológica de las enfermedades de los animales, tanto en el ámbito nacional como en el europeo y el internacional, proponiendo, cuando la situación lo requiera las medidas de prevención y control necesarias.
Esta coordinación permitirá ofrecer una respuesta rápida y coordinada entre todas las Administraciones ante una crisis sanitaria grave, para combatir las epizootías y zoonosis en el momento de su aparición en el territorio nacional, utilizando todos los instrumentos integrados en este Sistema de Alerta Sanitaria como la red integrada de información sanitaria, los laboratorios de referencia o los oficiales de las Comunidades Autónomas, o el servicio de intervención rápida, que permitirá la inmediata actuación de personal veterinario experto, y dotado de medios especializados, para una rápida gestión de las alertas.
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