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FOAB: Sentencia a favor de ASOLIVA por la red de alerta del aceite de orujo de oliva

05/11/2004

Madrid, 4 de noviembre de 2004.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio ayer a conocer su sentencia a favor de la Asociación Española de Industrias y Comercio Exportador de Aceite de Oliva (ASOLIVA), por la que se considera nula la resolución del Ministerio de Sanidad y Consumo en relación con los aceites de orujo de oliva por la que se aconsejó la inmovilización cautelar de este producto el pasado julio de 2001.

Tanto ASOLIVA, como ANIERAC y la FIAB han acogido con satisfacción esta sentencia que vuelve a confirmar la falta de fundamento con la que se llevó a cabo la retirada de aceite de orujo de oliva en su momento. El pasado julio, el Tribunal Superior de Justicia de Sevilla ya se pronunció a favor de una empresa productora de aceite de orujo que interpuso una demanda por daños y perjuicios a la administración andaluza.

La sentencia, además de legitimar a una organización empresarial a actuar como parte demandante en caso de perjuicio de sus empresas representadas, vuelve a confirmar que la retirada del mercado del aceite de orujo de oliva además de “incidir agresivamente en el sector genera una alarma social desproporcionada con la realidad, científica, del riesgo,” ya que considera que “no existió riesgo para la salud de los consumidores”. La Ley General General de Sanidad permite adoptar las medidas preventivas, incluso las más restrictivas, siempre y cuando exista un peligro inminente y extraordinario para la salud pública y además la medida cautelar sea proporcionada al riesgo. Al no darse estos presupuesto, la activación de la red de alerta aconsejando la inmovilización del aceite de orujo de oliva es ilegal, y en consecuencia, el Tribunal la anula.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid vuelve a otorgar la razón a los operadores del sector que individualmente han reclamado daños por la retirada del mercado del aceite de orujo de oliva, indemnizaciones que ascienden a un montante aproximado de 100 millones de euros.

Tanto ASOLIVA como ANIERAC y FIAB consideran, no obstante, que estas indemnizaciones o las sentencias resolutorias a favor no restablecen la pérdida de la confianza del consumidor en los citados productos, ocasionada por la intervención de la Administración, ni la pérdida de imagen del sector de aceites en los mercados exteriores, fuertemente deteriorada tras la decisión de la administración española.-

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