Madrid, 16 de junio ´05. La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos, COAG, sostiene que el nuevo programa de erradicación de fuego bacteriano planteado por el Ministerio de Agricultura es muy restrictivo y perjudicial para los productores de pera.
El fuego bacteriano es una grave enfermedad, tal y como reconoce el Real Decreto 1201/1999 que ahora se pretende modificar, causada por la bacteria Erwinia amylora que afecta fundamentalmente a plantas de la familia de las rosáceas produciendo importantes pérdidas económicas por daños directos en explotaciones de frutales de pepita en general y de pera en particular. La bacteria ataca a las ramas jóvenes y a los brotes, los cuales aparecen como quemados y destacan durante el verano (daño estético). Después se forman zonas agrietadas en las ramas, que producen una viscosidad bacteriana amarilla o blanca según el huésped. Las heridas en tronco y cuello de la raíz provocan la muerte de la planta completa.
El Real Decreto existente regula las medidas tendentes a la erradicación del organismo nocivo y establece un sistema de indemnizaciones para aquellos productores afectados que tengan que proceder al arranque y eliminación de los árboles afectados. También establece la necesidad de alejamiento de colmenas, al menos 5 kilómetros, fuera de la zona contaminada, ya que las abejas pueden trasladar la enfermedad de un árbol a otro durante el proceso de polinización.
Las nuevas plantaciones de peral pueden verse limitadas si prospera el proyecto de modificación del plan nacional de erradicación de fuego bacteriano en rosáceas, al quedar sin derecho de indemnización las nuevas plantaciones de la mayoría de las variedades cultivadas en España (blanquilla, conferencia, jules guyot y williams) por aplicación de las medidas establecidas ante la posible aparición de esta grave enfermedad, que puede transmitirse por motivos ajenos a él (insectos polinizadores, aerosoles transportados por el viento y sólidos procedentes de exudados bacterianos).
Desde COAG se han presentado ya al MAPA las observaciones pertinentes para no castigar aún más a los agricultores que, incluso cumpliendo con sus obligaciones de sanidad vegetal, se pueden ver afectados por ésta. En concreto se ha solicitado que queden amparadas por el programa las nuevas plantaciones de todas las variedades de pera y que la distancia obligatoria a la que desplazar las colmenas se reduzca a 3 km, ya que las abejas no se desplazan más de un 1 km de distancia si tienen alimento suficiente.
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