adrid, a 4 de Octubre de 2005. Las nuevas exigencias de liberalización del comercio internacional de productos agrícolas derivadas de los Acuerdos del GATT y la preparación de la ampliación de la Unión Europea a los países de Europa Central y del Este, obligaron a afrontar una nueva actualización de la PAC, que se formalizó en el Consejo Europeo de Berlín, de marzo de 1999, sobre la denominada “Agenda 2000”. La estrategia de la Agenda 2000 se articula en torno a tres grandes pilares: 1) el aumento de la competitividad de los sectores agrario y agroalimentario en los mercados interiores e internacionales; 2) el apoyo a las rentas de los agricultores; y 3) la protección del medio ambiente y del entorno socio-económico rural.
La articulación de los dos últimos pilares se afronta, entre otras medidas, mediante la aprobación, el 17 de mayo de 1999, del Reglamento 1259 del Consejo de la Unión Europea, por el que se establecen las disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa. Para articular la financiación de proyectos del tercer pilar, el Reglamento autoriza, pero no obliga, a los Estados a reducir las ayudas a las explotaciones agrarias. En ningún caso la reducción podrá superar el 20% de la ayuda concedida. El importe de las eventuales reducciones a establecer por los Estados queda afectado a financiar programas -que deberán ser previamente autorizados por la Comisión Europea- para medidas de ayuda a jubilación anticipada, zonas desfavorecidas y zonas con limitaciones medioambientales, medidas agroambientales y repoblación forestal. Las posibles reducciones de las ayudas quedan sujetas, en todo caso, a la Disposición común e imperativa establecida por el Reglamento: los Estados miembros aplicarán las eventuales reducciones de forma que se garantice la igualdad de trato entre los agricultores y se eviten distorsiones del mercado o de la competencia.
Las medidas del Reglamento 1259/1999 carecieron desde un principio del apoyo decidido no sólo de los Estados miembros, sino también de las instituciones comunitarias. La posibilidad, que se abría para los Estados, de gravar con reducciones de hasta un 20% a las grandes explotaciones chocaba frontalmente con el principio de las economías de escala en la economía agraria europea, socavando los fundamentos de su productividad y competitividad, con posibles consecuencias estructurales muy negativas ante la posibilidad de que indujera al fraccionamiento de las explotaciones. A nadie se le escapan las enormes diferencias entre el tamaño de las explotaciones agrarias europeas y norteamericanas y los problemas de eficiencia que se derivan para el sector agrario europeo. Más bien, por el contrario, existe el consenso de seguir avanzando en la línea de la productividad hacia grandes explotaciones, con mayor intensidad de capital, organizadas empresarialmente y con profundas mejoras en la formación profesional y en la aplicación de métodos científicos de base ecológica y medio ambiental.
Sobre esta base jurídica tan discutida, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha aprobó su Ley 10/2003 de Modulación (Reducción) de Ayudas Agrarias, que se ha aplicado desde finales del año pasado y durante el presente año mediante reducciones de entre un 15 a 20% sobre las ayudas del 2004 a las explotaciones agrarias. Esta actuación de la CC.AA. de Castilla-La Mancha resulta claramente criticable por dos razones. En primer lugar, la falta de apoyo al Reglamento 1259/1999 hizo que se derogara durante el mismo año 2003 en el que Castilla-La Mancha aprueba su Ley: el nuevo Reglamento 1782/2003, que entra en vigor este año 2005, deroga la posibilidad de reducir las ayudas hasta un 20% y, en su lugar, las reducciones sólo podrán ascender a un 3% en el 2005 o a un 5% a partir del año 2007… En segundo lugar, el propio Reglamento 1259/99 obliga a los Estados, que impongan reducciones, a garantizar la igualdad de trato entre los agricultores y a evitar distorsiones de la competencia: pues bien, durante el año 2004, Castilla-La Mancha ha sido la única Región europea que, de manera excepcional y desproporcionada, ha reducido las ayudas entre un 15 y un 20%, mientras que para ese año, solamente el Reino Unido impuso también reducciones a las ayudas, pero de un 3,5%…
La opinión pública de Castilla La Mancha debe saber que no hay un sector empresarial en España, que sus “Gobernantes” se dedican a empobrecer a sus empresas, retirándoles fondos totalmente legítimos que en un 99,99% sirven para crear riqueza y empleo en la CC.AA. Castilla La Mancha y que la única defensa que les queda son los Tribunales de Justicia.
En este mes de Octubre se iniciarán los procedimientos de más de 100 Contencioso-Administrativos, que al final del proceso lo pagarán todos los ciudadanos de Castilla La Mancha.
Las injusticias tarde o temprano se pagan.
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