El borrador del Ministerio de Agricultura sobre la
denominada coexistencia de cultivos OMG y no OMG ignora ampliamente el informe
solicitado al grupo de expertos científicos de la Comisión de Biovigilancia,
cuyo texto completo se puede obtener en el vínculo abajo indicado.
En el último borrador del MAPA figura la obligación de una
distancia mínima de aislamiento de 220m para al maíz, en franca contradicción
con el informe mencionado, que indica de forma razonada y aportando numerosas
evidencias, que una distancia de 20-25 m, o 4-6 filas como barrera, es más que
suficiente para que la eventual presencia adventicia caiga por debajo del umbral
del 0,9%, que obligaría al etiquetado como OMG al maíz convencional.
La distancia de 220 metros que pretende la Administración
no ha sido justificada por ninguna opinión científica y se trata de una
distancia disuasoria para satisfacer las opiniones políticas antibiotecnología,
que tratan de aprovechar una ley que es meramente comercial para imponer
restricciones a los OMG que impidan o dificulten de hecho en gran medida su
cultivo al que se oponen por motivos ideológicos. Tal y como ha reiterado la
Comisión Europea en numerosas ocasiones, la coexistencia es un asunto que nada
tiene que ver con la seguridad de los alimentos ni con el medio ambiente, ya que
los OMG permitidos por la UE han pasado las pruebas más rigurosas y son por lo
menos tan seguros como puedan ser los cultivos convencionales o los denominados
ecológicos.
El Ministerio de Agricultura (MAPA) presentó en julio del
año pasado un borrador sobre coexistencia de cultivos de maíz OMG, que
básicamente era igual que el actual con la salvedad de que la distancia de
aislamiento era de 50 m en lugar de los 220 m del actual. Tras varios meses de
bloqueo del mismo por motivos políticos, a primeros de año, el Secretario
General de Agricultura y Alimentación Josep Puxeu, que preside la Comisión
Nacional de Biovigilancia, solicitó a un grupo de seis prestigiosos expertos
científicos un informe sobre esta cuestión:
“Teniendo en cuenta los datos experimentales
obtenidos en los estudios sobre coexistencia realizados en España y en otros
países ¿son adecuadas las medidas de distancia de aislamiento y zona tampón
recogidas en el Proyecto de Real Decreto de coexistencia, para garantizar que la
presencia adventicia de OMG en cultivos convencionales o ecológicos se encuentre
por debajo del umbral de etiquetado legalmente establecido?”
La respuesta a la cuestión, argumentada con los evidencias
disponibles y numerosos datos experimentales es la siguiente:
(1) Que los datos experimentales son numerosos y
consistentes en los estudios realizados en varios países europeos y
principalmente en España.
(2) Que dichos estudios, tanto en ensayos planeados
ex profeso como en situaciones reales de campo, indican que utilizando 20-25 m
de distancia o 4-6 filas como barrera en caso de parcelas pequeñas de maíz
convencional, la presencia adventicia de semillas modificadas genéticamente cae
sobradamente por debajo del 0.9% de semilla transgénica en las parcelas de maíz
convencional.
(3) Que las partidas comerciales de maíz para pienso
no presentan proporciones superiores a dicho umbral en ninguno de los casos
analizados.
(4)Que bastan buenas prácticas agrícolas para
garantizar la coexistencia entre cultivos MG y no MG.
(5) Que puede garantizarse la compatibilidad, a lo
largo de toda la cadena, entre producciones OMG, convencionales y ecológicas de
manera que no se
perjudique la competitividad de la agricultura
española en cualquiera de sus modalidades.
(6) Que con los datos presentados en este Informe, se
puede satisfacer la recomendación de la Comisión Europea de 13 de marzo de 2006
referida más extensamente en en 11.3.4.14: "las medidas sobre coexistencia no
deben rebasar los límites necesarios para garantizar que los restos accidentales
de OMG se mantengan por debajo de los umbrales de tolerancia fijados en el
Reglamento (CE) n° 1829/2003 y la Directiva 2001/18/CE a fin de evitar toda
carga innecesaria para los agentes afectados".
Es decir, en el borrador original la distancia de
aislamiento propuesta de 50m ya suponía el doble de la establecida con criterios
científicos como más que suficiente. El MAPA, sin embargo, en su propuesta
posterior aumentó esta distancia a 220 m.
Texto del informe del grupo de expertos científicos
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