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Está aquí: Home / Agricultura / Algodón / AEDA: La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE anulando el actual régimen de ayuda al algodón pone de manifiesto de manera especial el perjuicio que causaba a la industria desmotadora.

           

AEDA: La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE anulando el actual régimen de ayuda al algodón pone de manifiesto de manera especial el perjuicio que causaba a la industria desmotadora.

08/09/2006

Esta anulación beneficia al conjunto del sector algodonero, pues asegura su viabilidad futura, pero de manera especial reconoce la estrecha vinculación entre la producción y la industria de primera transformación, y el hecho de que no puede hacerse una reforma sin tener en cuenta que se asegura la viabilidad económica de esta industria. Este principio, establecido en la sentencia, sentará jurisprudencia y tendrá que ser tenido en cuenta para otros sectores.

En particular, la sentencia dice textualmente :”la producción del algodón resulta imposible desde el punto de vista económico sin que en las proximidades de las regiones productoras estén presentes empresas de este tipo (desmotadoras) operando en condiciones económicamente viables,”, y añade: “Así pues, la producción de algodón y su transformación por las empresas desmotadoras se encuentran indisociablemente ligadas entre si. Por lo tanto, los potenciales efectos de la reforma del régimen de ayudas al algodón sobre la viabilidad económica de las empresas desmotadoras constituyen un dato básico que ha de tenerse en cuenta para valorar la rentabilidad del cultivo del algodón.”

La reforma anulada obviaba en su totalidad el impacto sobre la industria, y no contemplaba ninguna medida que propiciara su viabilidad ni tampoco su posible reestructuración.

El impacto del sistema anulado en esta campaña, pero vigente hasta que se apruebe una nueva reforma, va a provocar perdidas a la industria por valor de más de 47,5 millones de euros, además de otros impactos más difíciles de valorar puesto que tras la reforma, la viabilidad económica de las industrias ha estado muy cuestionada con las repercusiones que ello conlleva al intentar mantener una actividad económica normal.

Entendemos por tanto, que los daños que se han provocado con motivo de una reglamentación que ha sido declarada ilegal, deben ser reparados económicamente, y deben establecerse mecanismos provisionales que eviten que los daños se incrementen hasta que se apruebe la nueva reforma que tendrá que contener medidas específicas para asegurar su viabilidad económica.

Esta sentencia ha sido el fruto del trabajo en equipo y del apoyo del Ministerio de Agricultura, la Consejería de Agricultura y Pesca de Andalucía, de los Servicios de la Abogacía del Estado y del conjunto del sector algodonero. El sector desmotador, principal perjudicado, ha realizado, por su parte, un importante esfuerzo, prestando colaboración jurídica y técnica desde el primer momento a fin de lograr los resultados finalmente obtenidos.

Madrid, 7 de septiembre de 2006

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