El Ministerio de Agricultura ha introducido algunas modificaciones en el Programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET) en ovino, las cuales se recogen en el Real Decreto 1227/2006, que se acaba de publicar. Los cambios se refieren a los requisitos de identificación, la expedición de la certificación del genotipo de los animales y la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de subvención.
En cuanto a la modificación de la identificación de los ovinos, el nuevo Real Decreto establece, que los animales participantes en el Programa, nacidos después del 9 de julio de 2005, se les aplicará la identificación establecida en la normativa vigente (RD 947/2005). En el caso de animales nacidos antes de esa fecha, la autoridad competente podrá decidir si se mantienen o no los medios de identificación que tuvieran esos animales. No obstante, deberá aplicarse un identificador electrónico consistente en un bolo ruminal, pero con un código de identificación diferente a los reservados para la identificación del ganado ovino.
Por otro lado, el nuevo Real Decreto ha eliminado la obligación de expedir, de oficio, la certificación individual del genotipo de los animales, no siendo necesario que dicha certificación acompañe al traslado de los animales de la especie ovina incluidos en el Programa. Esta es una información que debe figurar con carácter obligatorio en los certificados genealógicos de los animales y la normativa comunitaria no lo establece como requisito indispensable para el intercambio de animales. Por tanto, su eliminación de oficio, espera reducir la carga burocrática.
Para el año 2006, el plazo de presentación de solicitud de subvenciones podrá ser ampliado hasta el 30 de noviembre de 2006.
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