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GESLIVE: Condenados a seis meses de prisión por cultivar ilegalmente flores de clavel de variedades protegidas

15/07/2008

El pasado 24 de junio de 2008, el Juzgado de lo Penal nº 5 de Cádiz, ha dictado sendas sentencias por la que se condena a dos floricultores de la provincia de Cádiz, a una pena de seis meses de prisión, accesorias y multa de doce meses, con arresto sustitutorio en caso de impago, por la comisión de un delito contra la propiedad industrial tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal vigente. Ambas sentencias son firmes por lo que no cabe recurso alguno contra ellas.

Tales sentencias, dictadas de conformidad con los acusados, declaran probado que ambos floricultores, reproducían plantas de clavel pertenecientes a variedades vegetales protegidas de forma no autorizada. Tal reproducción tenía lugar mediante el enraizamiento de esquejes de las plantas, con lo que se procedía a su multiplicación y posterior plantación para producir flores destinadas al mercado. Al tratarse de variedades protegidas, la ley confiere a los titulares una serie de derechos exclusivos entre los que están la producción, la reproducción (multiplicación), el acondicionamiento para la reproducción, la venta o comercialización, la exportación o importación, e incluso la mera posesión para cualquiera de esos fines.

En consecuencia, se considera que los responsables han realizado una serie de actos de reproducción no autorizada de plantas de clavel pertenecientes variedades vegetales protegidas, sin contar con licencia de los titulares de tales derechos exclusivos, con pleno conocimiento de su registro y actuando en todo momento con fines lucrativos en su propio beneficio patrimonial, razón por la que procede imponerles la pena mencionada por la comisión de un delito contra los derechos de propiedad industrial sobre variedades vegetales protegidas.

Ambos procedimientos judiciales se iniciaron a raíz de denuncia presentada por la entidad GESTION DE LICENCIAS VEGETALES, GESLIVE, A.I.E en representación de los obtentores afectados, quien ejerció también como acusación particular.

La reproducción no autorizada de plantas de variedades vegetales protegidas de clavel constituye un grave problema en las zonas productoras de tal especie de Andalucía. Este fraude masivo tiene graves consecuencias no sólo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector, pues constituye una de las principales causas de la grave crisis que afecta a la flor cortada en la zona, cuya reputación ha descendido enormemente en los mercados internacionales.

Tras la modificación del Código Penal, efectuada por la Ley Orgánica 15/2003 de 25 de noviembre, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas es perseguida de oficio por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y puede ser castigada con penas de hasta dos años de prisión.

Boadilla del Monte, 4 de julio de 2008

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