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Normas más estrictas para el término “natural” de los aromas alimentarios

20/11/2008

La normativa comunitaria ha establecido condiciones más estrictas para la utilización del término “natural” en la descripción de aromas de los alimentos o de los ingredientes alimentarios con propiedades aromatizantes utilizados en la fabricación de alimentos. Para ello, el Consejo de Ministros de Agricultura de la UE, celebrado esta semana, ha adoptado un nuevo reglamento con un acuerdo del Parlamento Europeo en segunda lectura.

La utilización de aromas no debe inducir a error al consumidor, especialmente en lo que concierne a la naturaleza, frescor y calidad de los ingredientes utilizados, así como en lo referente a las características naturales de un producto o de su proceso de fabricación o de la calidad nutricional del mismo.

El nuevo reglamento prevé el establecimiento de una lista comunitaria de sustancias aromatizantes, fija las condiciones de utilización de aromas y de ingredientes alimentarios, así como los contenidos máximos para las sustancias indeseables.

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