Palencia, 18 de febrero de 2009.- En la mañana de hoy, COAG-Castilla y León se ha dirigido por carta a la Consejera de Agricultura, Silvia Clemente, y a la Viceconsejera de Desarrollo Rural, Mª Jesús Pascual, solicitando el cese temporal de las vacunaciones frente a los serotipos 1 y 8 de la Lengua Azul, proponiendo que se lleve a cabo un programa de investigación en 20 explotaciones ganaderas que, de manera voluntaria, estén dispuestas a que se aplique la vacuna en su ganado con el fin de determinar los efectos adversos reales que tal aplicación pudiera ocasionar. Este programa estaría bajo un estricto control de veterinarios oficiales, y supervisado por expertos de la Facultad de Veterinaria de León.
La petición de COAG está justificada en que, como consecuencia de la aplicación de las vacunas frente a los serotipos 1 y 8 de la Lengua Azul en las distintas provincias de Castilla y León, se están produciendo tanto en el ganado ovino-caprino como en el vacuno unos efectos, tales como abortos, descenso de la producción láctea, infertilidad, etc., e incluso la muerte de los animales.
Debido a la premura con la que la propia Administración ha querido llevar a cabo esta vacunación masiva, que en muchos casos no se ha realizado correctamente, a la poca experiencia existente en la aplicación de estas vacunas, especialmente frente al serotipo 8 y más en su administración simultánea con la vacuna frente al serotipo 1, y a que los propios ganaderos no han denunciado todos los efectos adversos que se han desencadenado en sus animales tras la aplicación de dichas vacunas, es muy difícil realizar una valoración de la problemática real que se ha generado.
Por este motivo, y mientras que se clarifica esta situación en las explotaciones ganaderas vacunadas, COAG Castilla y León ha solicitado a la Consejería de Agricultura y Ganadería el cese temporal de la vacunación, y ha presentado una propuesta de actuación en la que se incluye:
– Llevar a cabo un programa de investigación con estas vacunas en una muestra que comprenda unas 20 explotaciones ganaderas voluntarias, dispuestas a vacunar frente a los serotipos 1 y 8 de la Lengua Azul, bajo un estricto control de los veterinarios oficiales de las Unidades Veterinarias y supervisado por los Técnicos especialistas del Departamento de Patología de la Facultad de Veterinaria de León, que ya han participado con anterioridad en los análisis practicados en animales de explotaciones ganaderas afectadas como consecuencia de las vacunas aplicadas frente a esta enfermedad.
– Establecer un protocolo de actuación para llevar a cabo la vacunación frente a la Lengua Azul, como ocurre con otras actuaciones sanitarias tales como los programas de erradicación de enfermedades que deben realizar los equipos veterinarios en las Campañas de Saneamiento Ganadero, en el que se recoja en la práctica como se debe llevar a cabo esta vacunación correctamente, desde la desinfección del vehículo y las botas de trabajo que deben realizar los veterinarios que apliquen la vacuna, la concreción de los animales objeto de esta vacunación, la comprobación de la identificación individual de los animales que se van a inmunizar, la documentación que debe ser entregada al titular de la explotación en la que se reflejen los animales vacunados, el producto utilizado, nº de lote, y las posibles incidencias que se hubiesen podido producir en el transcurso de la administración de las vacunas en los animales; así como aquellos aspectos íntimamente relacionados con los productos inmunológicos que se apliquen (conservación y mantenimiento de los mismos, posología, vía de administración, etc.) en unas condiciones de asepsia, con el fin de conseguir inmunizar el ganado para prevenir la viremia producida por los serotipos 1 y 8 respectivamente.
– Debido a la poca experiencia a la que se alude anteriormente en la aplicación conjunta de estas dos vacunas, se debería evitar la administración de las vacunas de lengua azul conjuntamente con otras practicas sanitarias, tales como saneamiento ganadero, aplicación de otras vacunas, desparasitaciones, etc. para facilitar el establecimiento de la relación causa-efecto entre la vacunación de la lengua azul y las posibles reacciones adversas que pudieran producirse.
– Determinar cuales son las posibles consecuencias de la paralización de la vacunación frente a la lengua azul, especialmente en el caso de los movimientos de animales de las explotaciones que actualmente no estén vacunadas, con destino a matadero o para vida.
– Facilitar desde las Unidades Veterinarias que los ganaderos afectados puedan denunciar libremente los efectos adversos que muestran sus animales tras la aplicación de las vacunas frente a la Lengua Azul, ya que es muy lícito que cualquier persona pueda defender sus propios intereses.
– Modificar la Orden APA/1438/2005, de 17 de mayo, por la que se modifica la Orden de 15 de diciembre de 2000, por la que se establecen los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de los animales afectados de Lengua Azul, para que no sólo se actualicen e incrementen estos baremos, sino que además se contemple la indemnización por el lucro cesante que se puede producir en algunas explotaciones ganaderas como consecuencia de la vacunación frente a la Lengua Azul.
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