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Nuevo reglamento con el etiquetado obligatorio del aceite oliva virgen y virgen extra

09/03/2009

La Comisión Europea ha adoptado un reglamento para establecer el etiquetado obligatorio del origen del aceite de oliva de categoría virgen y extra virgen. La posibilidad de este etiquetado existía de forma voluntaria desde 2002, pero al parecer no ha sido suficiente para evitar supuestas confusiones sobre las características o el origen del aceite de oliva de mayor calidad. La nueva normativa será de aplicación a partir del 1 de julio de 2009

Los aceites que sean originarios de un solo país deberán llevar el nombre del estado que se trate, tanto si es de dentro de la Comunidad como si es un país tercero. Las mezclas deberán indicar que se trata de tales, indicando si lo son de aceites comunitarios, aceites comunitarios y no comunitarios o de aceites no comunitarios.

Ciertos términos como “afrutado”, “verde”, “bien equilibrado” y “suave”, que han sido recientemente definidos por el Comité Oleicota Internacional (COI) pueden ser usado en las etiquetas de los aceites de oliva virgen y virgen extra, cumpliendo con las definiciones.

La indicación obligatoria del país de origen en los aceites de oliva de mayor calidad y precio es una reivindicación que ha sido promovida desde hace años por Italia, un país que es gran importador y que considera que esta normativa beneficiará a su producción doméstica.

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