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Está aquí: Home / Política agraria / PAC / Ayudas estatales: la Comisión Europea adopta un Paquete de Simplificación para agilizar las decisiones sobre ayudas estatales

           

Ayudas estatales: la Comisión Europea adopta un Paquete de Simplificación para agilizar las decisiones sobre ayudas estatales

30/04/2009

La Comisaria de Competencia, Neelie Kroes, ha comentado al respecto que «el Paquete de Simplificación de las ayudas estatales redundará en beneficio de las empresas ya que facilitará una mayor rapidez en la adopción de decisiones sobre ayudas estatales, especialmente mediante una cooperación más temprana y estrecha entre los Estados miembros y la Comisión. Con la adopción del Código de buenas prácticas y la Comunicación sobre el procedimiento simplificado, la Comisión ha cumplido su promesa de modernizar y simplificar los procedimientos en materia de ayudas estatales, según se establecía en el Plan de acción de ayudas estatales.»

El Paquete de simplificación pretende facilitar y agilizar así la tramitación de los diferentes tipos de procedimientos de ayudas estatales: medidas sencillas notificadas a la Comisión, casos complejos que plantean nuevas cuestiones y denuncias. Todo ello coincide con el objetivo anunciado en el Plan de acción de ayudas estatales de 2005 (IP/05/680), que reclamaba procedimientos más eficientes, simples y previsibles en materia de ayudas estatales. El Paquete ha sido objeto de un amplio debate con los Estados miembros y terceros interesados (véase IP/08/1950) y la respuesta ha sido en gran parte positiva.

El Código de buenas prácticas explica cómo deberían desarrollarse en la práctica los procedimientos de ayudas estatales, especialmente en lo que se refiere a su duración, transparencia y previsibilidad. El Código incluye un cierto número de acuerdos voluntarios entre la Comisión y los Estados miembros para lograr procedimientos más ágiles y previsibles en cada fase de la investigación de una ayuda estatal.

Se aplicará a todos los casos que no entren en el ámbito del Reglamento General de Exención por Categorías (véase IP/08/1110) ni estén contemplados en la Comunicación sobre el procedimiento simplificado.

El Código de buenas prácticas está basado en un compromiso conjunto de la Comisión y los Estados miembros. Por una parte, la Comisión facilitará contactos más frecuentes con anterioridad a las notificaciones, para que éstas sean mejores y más completas. Los casos particularmente novedosos, complejos o urgentes se planificarán de mutuo acuerdo. La Comisión intentará agrupar también sus solicitudes de información. Por otra parte, se invita a los Estados miembros a responder con mayor rapidez y detalle a las demandas sobre los asuntos que formule la Comisión. Para ello, el Código propone también que se apliquen rigurosamente los procedimientos vigentes para animar a los Estados miembros a reaccionar rápidamente y permitir que los procedimientos sigan adelante. El Código de buenas prácticas quiere mejorar también la tramitación de las denuncias, estableciendo plazos indicativos y más información a los denunciantes.

El procedimiento simplificado pretende mejorar la tramitación de los casos sencillos, como los que claramente se ajustan a los instrumentos horizontales existentes o a la práctica establecida por la Comisión. La Comisión quiere que las ayudas manifiestamente compatibles sean aprobadas en el plazo de un mes cuando los Estados miembros han remitido una notificación completa. Para ello, la Comunicación también recoge una lista ilustrativa de medidas de ayuda, incluidas ciertas ayudas a las PYME, ayudas en favor del medio ambiente, ayudas a la innovación y ayudas de salvamento y reestructuración que, en principio, pueden tramitarse por el procedimiento simplificado.

Este nuevo procedimiento no sólo será más rápido sino también más transparente: los interesados tendrán una nueva oportunidad de formular observaciones respecto de la ayuda estatal prevista, ya que se publicará en el sitio Internet de la Comisión un resumen de las medidas notificadas por el Estado miembro con arreglo al procedimiento simplificado.

Ninguna de estas iniciativas debería aplicarse en principio a las medidas notificadas por los Estados miembros en el contexto de la crisis financiera y económica actual, para la cual se han establecido procedimientos ad hoc internos específicos para que la Comisión pueda tramitar las medidas notificadas con la máxima urgencia.

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