El día 27 de mayo, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) calculaba en base a la información remitida desde las distintas Comunidades Autónomas el importe unitario del pago adicional de la remolacha que supone 4,306 euros por tonelada de raíz entregada que cumpliese determinados requisitos de calidad, cuantía a la que habría que reducir el 5% por modulación. Ante esta circunstancia, la Unión de Campesinos de Castilla y León (UCCL) reclama a la Dirección General de Política Agraria Comunitaria que abone la citada ayuda, correspondiente a la PAC de 2008, a los cultivadores de esta región lo antes posible.
En base a los datos que ofrece está línea de ayudas, esta Organización denuncia que, desde la puesta en marcha de la reforma de la Organización del Mercado del Azúcar en 2006 y la inclusión de este cultivo en el régimen de Pago Único de la PAC, han abandonado la remolacha más de 3.000 profesionales, lo que supone un porcentaje superior al 31 % de los que lo hacían en esa campaña 2006 / 2007.
Si los cultivadores que se dedican a esta actividad han ido reduciéndose en estos años, han pasado de 9.720 en la campaña 2006 / 2007 a los 6.644 de la 2009 / 2010, algo similar se puede decir de la superficie, que ha caído en Castilla, para ese mismo periodo, un 36%, pasando de las 53.420 hectáreas sembradas en el año 2006 a las 34.323 de esta campaña 2009 / 2010
La reducción del precio por tonelada, ha pasado de los 48 euros por tonelada de la campaña 2005 / 2006 a los 26 que se van a percibir en la 2009 / 2010, junto al paulatino incremento de los factores de producción especialmente el gasóleo, los fertilizantes… ha provocado que el cultivo estrella de los regadíos de la región, lo que se consideraba la “nómina” de muchos cultivadores, esté poco a poco desapareciendo de los campos de esta Comunidad Autónoma, ante la dejadez de las Administraciones Públicas.
El pago adicional y acoplado que ahora ha fijado el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) es aquél que se realiza en base al artículo 69 del Reglamento (CE) 1782 / 2003, por el que se restan un 10% de los pagos totales percibidos por los cultivadores de remolacha en base a su referencia histórica que son las entregas realizados en los años 2004 / 2005 y 2005 / 2006 y se reintegran a aquellos que se mantienen en la actividad siempre que la remolacha entregada en las distintas azucareras cumpla los requisitos establecidos en el artículo 76 bis del Real Decreto 1582 / 2006 de 22 de diciembre que son contar con un mínimo de riqueza de 13,5 grados polarimétricos y un porcentaje de descuento (tierras, coronas y otros elementos externos)de menos del 25%
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