El Tribunal Supremo, tras un recurso interpuesto por ASAJA-Andalucía, ha declarado nula la Disposición Transitoria Única del Decreto 31/2005 de 8 de febrero, que establece normas de aplicación a las ayudas para el fomento de la forestación de tierras agrarias.
Dicha disposición declaraba la aplicación de nuevas condiciones más rigurosas para el acceso a las ayudas de forestación para los expedientes del periodo 1993-1998, de manera que se agravaban de forma retroactiva tales condiciones, en contra tanto de la normativa en vigor en el momento de la solicitud de ayudas, como de los convenios firmados entre agricultores y la Administración para llevar a cabo dichas reforestaciones.
La consecuencia inmediata de la aplicación de la disposición hoy declarada nula fue la imposición a los agricultores de unas condiciones más gravosas, exigiéndoles nuevos gastos no previstos ni subvencionados, el inicio de expedientes de devolución de ayudas o la paralización de los expedientes, lo que llevó a ASAJA-Andalucía a interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo.
Tal circunstancia afectó a la totalidad del territorio andaluz, a un total de 1.228 expedientes, por un montante global de más de 222 millones de euros, resultado de multiplicar los 1.200 euros por hectárea de la ayuda, por una superficie de 37.000 hectáreas a lo largo de 5 años (desde 1993 a 1998). Como resultado del endurecimiento de la normativa, numerosos agricultores y ganaderos no llegaron a cobrar ni un solo euro de estas ayudas, imprescindibles para forestar las tierras agrarias, motor de nuevas zonas verdes y fundamentales para la lucha contra el cambio climático. Otros agricultores y ganaderos, cuyos expedientes se resolvieron de forma temprana, llegaron a cobrar, pero, al no cumplir con las nuevas exigencias, se encontraron con la reclamación por parte de la Administración de las ayudas cobradas junto a unos más que considerables intereses. Por último, los agricultores y ganaderos que decidieron someterse a las exigencias de la Consejería de Agricultura y Pesca, tuvieron que asumir los nuevos costes no previstos.
La sentencia del Tribunal Supremo da definitivamente la razón a ASAJA-Andalucía y abre la vía no sólo a desestimar las pretensiones de la Consejería de Agricultura y Pesca de devolución de ayudas, sino también a desbloquear expedientes pendientes y, lo que es más importante, a la posibilidad de reclamar daños por parte de los agricultores y ganaderos por el sobrecoste derivado de las condiciones impuestas por la disposición hoy anulada.
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