La normativa comunitaria establece normas específicas en relación con la comunicación de los desplazamientos de animales de la especie bovina, en el caso de que se trate de traslados a los pastos de verano de las zonas de montaña. Actualmente, el plazo definido para estos traslados es del 1 de mayo al 15 de octubre. No obstante, se ha observado que en algunas zonas de montaña, los desplazamientos a las zonas de pastos de verano dan comienzo ya en el mes de abril.
Por este motivo, la Comisión Europea ha decidido adelantar el plazo para estos traslados, siendo la nueva fecha de inicio el 15 de abril (Decisión 2010/300/UE).
Además, dado que en ocasiones, los animales desplazados desde distintas explotaciones a los mismos pastos de verano situados en zonas de montaña, tardan en llegar allí más de siete días, se ha ampliado el plazo de 7 a 15 días después de la fecha en la que los animales se hayan desplazado al pasto para comunicar a la autoridad competente el traslado.
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