El pasado 8 de septiembre, la Audiencia Provincial de Cuenca ha confirmado en su integridad la Sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Cuenca, por la que se condenaba a un almacenista de cereales de la provincia de Cuenca como autor de un delito contra la propiedad industrial, tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal, por la reproducción, producción y comercialización no autorizada de material de reproducción de la variedad vegetal protegida de cebada “GRAPHIC”, entre otras.
La citada Sentencia, contra la que ya no cabe recurso alguno, condena a dicho almacenista a una pena de un año de prisión, a una pena accesoria de inhabilitación especial del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a una multa de 10 € diarios durante dieciocho meses, así como al pago de las costas procesales e indemnización por los daños y perjuicios sufridos al titular de los derechos sobre la citada variedad vegetal.
Dicho procedimiento judicial se inició a raíz de la denuncia presentada por el Servicio Jurídico de la entidad GESTION DE LICENCIAS VEGETALES, A.I.E en representación del titular afectado y con la valiosa intervención del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Comandancia de la Guardia Civil de Cuenca.
La utilización de material ilegal en el sector cerealista ocasiona un grave problema en muchas zonas de España. Este fraude masivo tiene graves consecuencias no sólo para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año, sino también para todo el conjunto del sector ya que constituye una grave competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados. A su vez, los agricultores que utilizan esas partidas de semilla, producidas clandestinamente al margen del sistema oficial de control y certificación, no tienen garantía alguna de que la variedad utilizada sea realmente la que indica su vendedor, de su pureza varietal o de sus condiciones
fito-sanitarias (enfermedades, hongos, etc.).
Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 15/2003 de fecha 25 de noviembre, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con dos años de prisión.
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