FEPEX reitera la necesidad de que el protocolo agrícola del Acuerdo de Asociación entre la UE y Marruecos incluya la obligatoriedad de cumplir la legislación comunitaria sobre uso de productos fitosanitarios, después de que la pasada semana se declarara la alerta sanitaria al ser detectados tomates de Marruecos con restos de un fungicida prohibido en la UE.
El Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF) ha publicado una alerta sanitaria europea al detectarse en supermercados de Suecia lotes de tomate marroquí con restos de procimidona, fungicida cuyo uso está prohibido en el cultivo de tomate en la UE desde hace varios años.
La procimidona es una sustancia activa que en Europa no tiene autorizado su uso en tomate, teniendo fijado un límite máximo de residuos para el producto procedente de fuera de la UE. Esto quiere decir que la Comisión Europea prohíbe a los productores europeos el uso de esta sustancia activa en sus cultivos de tomate pero permite que entren en el mercado europeo tomates tratados con dicha sustancia activa, estableciendo un límite máximo de residuos, que debe ser inferior a 0,02 mg/kg. El contenido en procimidona detectado en los tomates marroquíes era de 0,44 mg/kg y 0,51 mg/kilos
Para FEPEX se trata de una clara discriminación de los productores de tomate comunitarios en beneficio de los de países terceros, que no están sometidos a la legislación comunitaria. Por ello, FEPEX considera imprescindible que se incorpore al Acuerdo entre la UE Y Marruecos el punto quinto de la “Declaración Institucional en Defensa del Sector Español productor y exportador de frutas y hortalizas” firmada por los Consejeros de Agricultura de Andalucía, Canarias, Comunidad Valenciana y Murcia, el 3 de octubre de 2010, en el que se decía que “ha de exigirse reciprocidad respeto a las condiciones de producción de los terceros países, en cuanto a los aspectos fitosanitarios, medioambientales y sociales, siendo imprescindible incluir esta cuestión en el Acuerdo con Marruecos. De lo contrario supondría una discriminación para los productores españoles en el mercado comunitario”.
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