España y Portugal han firmado un protocolo de actuación para autorizar el movimiento de animales de las especies sensibles a la lengua azul entre ambos países, que ha entrado en vigor en este mes de marzo.
Según el protocolo, no se exigirá ningún requisito relacionado con la lengua azul a los movimientos de animales sensibles a este virus, tanto para sacrificio como para vida entre las zonas restringidas de ambos países. Las zonas restringidas de España y Portugal serán las definidas en la página web de la Comisión.
El protocolo también recoge las condiciones que tienen que cumplirse en el caso de movimientos de animales hacia zonas libres de España o Portugal procedentes de zonas restringidas de alguno de estos países. Las condiciones varían según se trate de movimientos para vida o para sacrificio y según la edad del animal. Además de dichas condiciones específicas, los animales que se muevan tendrán que ser previamente tratados con un desinfectantes o repelente y serán transportados en vehículos que han sido desinsectados antes de la carga.
También dedica el protocolo, un apartado a los movimientos de toros de lidia con destino a los espectáculos taurinos. En el caso de movimiento de reses de lidia de explotaciones en zona restringida hacia plazas en zonas libres, éste se realizará cumpliendo las condiciones de protocolo como si se tratara de movimiento para vida.
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