El Ministerio de Medio Rural está trabajando una modificación del Real Decreto 66/2010 sobre la aplicación en 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y ganadería. Estos cambios, que afectan a las ayudas al ovino-caprino y al vacuno, se aplicarían en las solicitudes presentadas en 2011.
En lo que se refiere al ovino-caprino, básicamente se trata de clarificaciones en las ayudas, tanto en la referida a la de producción amparada por denominaciones de calidad, como a la destinada a explotaciones orientadas a la producción de carne, con el fin de compensar las desventajas específicas ligadas a la viabilidad económica de este tipo de explotación.
En la ayuda destinada a la producción de calidad, el borrador propone incrementar del 15 al 25%, el porcentaje de hembras elegibles de la explotación, comercializadas bajo los programas de producción de calidad para poder percibir la ayuda. Dichos programas, según establece la normativa actualmente vigente son Indicaciones Geográficas Protegidas, Denominaciones de Origen Protegidas, Especialidades Tradicionales Garantizadas, ganadería ecológica, ganadería integrada y etiquetado facultativo (las cuatro primeras son ámbito comunitario y las dos últimas de ámbito nacional).
Además aclara que en el caso de explotaciones con distintas orientaciones productivas para una misma especie, se debería alcanzar el porcentaje anteriormente mencionado en alguna de las orientaciones. Asimismo, para el cumplimiento de este porcentaje mínimo, el cómputo de las cantidades comercializadas comenzaría a realizarse a partir de la fecha en que dicha mención haya sido autorizada por la autoridad competente.
En relación con el importe de la ayuda se propone introducir la aclaración de que la cuantía que se percibiría, si se comercializaran simultáneamente producciones de calidad bajo denominaciones de ámbito comunitario y nacional, se determinaría contabilizando las hembras elegibles de cada ámbito por separado. Según la normativa vigente, las producciones de calidad bajo denominaciones de ámbito comunitario perciben el 100% del importe de la ayuda y las de ámbito nacional, el 80%.
En cuanto a las ayudas para compensar las desventajas específicas, el borrador sobre el que se está trabajando aclara que para beneficiarse de la ayuda, las explotaciones de ovino y caprino de aptitud cárnica se tienen que agruparse en entidades asociativas.
También recoge que en el caso de que un titular de explotación de ovino y/o caprino estuviera en varias entidades asociativas, solo podría presentar una única solicitud de ayuda, vinculada la entidad asociativa de su elección, lo que debería indicar en la solicitud.
En los compromisos de las entidades asociativas se propone reducir la obligación del mantener el censo indicativo de hembras reproductoras del 100% al 90% del mismo, durante el año de solicitud y los dos siguientes y se aclara que a estos efectos, el censo indicativo solo son los animales elegibles de los solicitantes.
En el caso del vacuno, las modificaciones que se están estudiando se refieren a la certificación externa que deben llevar a cabo las entidades independientes de control, así como en la reconversión paulatina de los pagos adicionales del artículo 69 en medidas de ayuda específica del artículo 68.
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