Desde el próximo 1 de julio, en España solo se realizarán test de EEB en animales vacuno con mas de 72 meses, siempre que se trate de animales sanos, que se hayan sacrificado para consumo humano, o en el contexto de una campaña de erradicación de una enfermedad, pero que no presenten signos clínicos de la enfermedad. Actualmente el umbral para el análisis en este caso es de 48 meses. (Decisión 2011/358/UE).
El límite de edad para hacer el test será de 48 meses para los animales vacunos que hayan sido objeto de un sacrificio de urgencia o de observaciones en la inspección ante mortem
Además de España, otros 21 Estados miembro (UE-15 + Letonia, Estonia, Lituania, Eslovenia, Malta, Hungría y Chipre) han solicitado y se les ha autorizado subir los umbrales de edad para la realización de los test.
La Autoridad Europea de Seguridad de los Alimentos (EFSA) emitió en febrero pasado una actualización de su dictamen dando el visto bueno a que se elevara la edad para la realización de los test. No obstante, en el caso de Polonia, Republica Checa y Eslovaquia, el dictamen recogía que no sería aconsejable la subida del umbral ya que hasta el momento no había información suficiente para estimar el número de casos no detectados de EEB.
A los 22 Estados miembro a los que se le ha permitido subir el umbral de edad, a partir del 1 de enero de 2013, podrán decidir efectuar las pruebas únicamente a una muestra mínima anual de los animales vacunos sanos de más de 72 meses.
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