La Comisión Europea acaba de incluir en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas, a la IGP “Cordero de Extremadura” (Reglamento 983/2011)
La Indicación Geográfica Protegida (I.G.P.) Cordero de Extremadura (Corderex) protege, ampara y da garantía de calidad a los canales de corderos que nacen en las Dehesas de Extremadura y cumplen unas estrictas condiciones. Las madres tienen que ser de raza Merina o cruces de Merina con Merino Precoz, Merino Fleischschaf, e Ile de France, siempre que al menos el 50% de sus progenitores sean Merinos. Los padres de razas del tronco Merino (Merino, Merino Precoz, Merino Fleischschaf, Ile de France y Berrichon du Cher), puros o sus híbridos simples.
Los corderos tienen que permanecer lactando junto a sus madres en régimen extensivo, pudiéndose complementar su lactancia con concentrados compuestos fundamentalmente por cereales y leguminosas hasta el destete.
El acabado de los animales destinados a sacrificio se realiza exclusivamente en estabulación a base de concentrados elaborados fundamentalmente con cereales y leguminosas y paja de cereales. La edad de sacrificio para los corderos nunca puede ser superior a 100 días.
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