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El MARM y Cantabria firman el Protocolo General para la aplicación de la ley 45/2007 para el desarrollo sostenible del medio rural

18/10/2011

El secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu, y la consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural de Cantabria, Blanca Azucena Martínez, firmaron ayer en Madrid el Protocolo General entre la Administración General del Estado y la comunidad autónoma de Cantabria para la aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

Con la firma de este Protocolo General se sientan las bases de la cooperación entre ambas administraciones para la aplicación de una nueva política rural iniciada con la promulgación de la ley 45/2007, de diciembre, plenamente adaptada a las condiciones económicas, sociales y medioambientales particulares del medio rural español.

Además, complementa la aplicación de los instrumentos de las políticas europeas con efectos sobre el desarrollo rural en los próximos años y sirve como experiencia ante el posible futuro de la política comunitaria. El primer paso de aplicación de esta ley ha sido la elaboración y posterior aprobación por Real Decreto del Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible.

Este Programa constituye el mayor esfuerzo de planificación estratégica territorial rural desarrollado en España, en una apuesta para mantener la continuidad territorial y la cohesión espacial de todo el territorio en un escenario transversal e integrado. Da un paso más en la consolidación del paradigma territorial y la planificación territorial ascendente basada en la gobernanza participativa. En este documento se concretan las medidas de política rural, de competencia estatal y autonómica, así como los procedimientos y los medios para llevarlas a cabo. Estos instrumentos están relacionados con los objetivos de la ley, como son la mejora de la situación socioeconómica y la calidad de vida de las poblaciones de las zonas rurales en el marco del respeto ambiental y el uso sostenible de los recursos naturales.

La principal novedad que supone esta nueva política rural es su aplicación territorial en aquellas zonas rurales que las propias comunidades autónomas han delimitado y calificado según unos criterios comunes de ruralidad. En el caso de Cantabria se han delimitado tres zonas rurales, calificándolas como a revitalizar con primer nivel de prioridad. Además, en el Protocolo General se establecen los mecanismos de colaboración y coordinación entre ambas administraciones y los compromisos generales de las partes para la elaboración concertada de los Planes de Zona sobre las zonas rurales de la Comunidad incluidas en el Programa.

Entre otros aspectos, se crea una Comisión de Seguimiento como órgano de colaboración, cooperación e intercambio de información entre las dos administraciones para el seguimiento de las actuaciones derivadas del presente Protocolo. Por parte de la Comunidad Autónoma se ha constituido, en el marco del Protocolo, una Comisión Regional del Medio Rural como órgano de coordinación institucional de las diferentes Consejerías, para la elaboración y posterior ejecución de los mismos.

También se ha designado a la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural para la coordinación operativa y la elaboración de los proyectos de Planes de Zona, incluyendo la elaboración y ejecución del programa de participación pública. Además, para garantizar la participación efectiva de la población civil en la elaboración de los planes de zona como en su posterior seguimiento y evaluación, se van a crear órganos de participación para cada una de las once zonas rurales andaluzas.

El siguiente paso tras la firma de este Protocolo, y una vez la comunidad elabore y apruebe los tres planes de zona rural, será la rúbrica entre ambas administraciones del correspondiente convenio de colaboración en el cual se concretarán los términos para la ejecución conjunta y la financiación de las acciones incluidas en los Planes de Zona.

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