El Ministerio de Agricultura acaba de publicar la Orden AAA/570/2013 en relación con la lengua azul, que modifica el sistema actual de vacunación contra esta enfermedad y define las nuevas zonas restringidas para el serotipo 1 y 4, tras declararse todo el Estado libre de serotipo 8.
La principal novedad que incluye esta Orden es en relación con la vacunación obligatoria. Hasta ahora se establecía una vacunación voluntaria de los animales. Sin embargo, el Ministerio ante la situación epidemiológica y de circulación del virus ha decidido establecer un área de vacunación obligatoria frente al serotipo 1 que se corresponde con ciertas comarcas y municipios de Ávila, Salamanca, Cáceres y Toledo. La vacuna tendría que aplicarse antes del 31 de julio de 2013 en todos los bovinos y ovinos de más de tres meses.
A partir de esta fecha, en la zona de vacunación obligatoria sólo estará permitido el movimiento para vida o sacrificio de animales procedentes de granjas vacunadas.
Paralelamente, cualquier ganadero podrá vacunar de los serotipos 1 y 4 de lengua azul, dependiendo de la zona restringida en la que se sitúe la explotación, como hasta el momento.
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