El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha dictaminado que una cotización obligatoria por extensión de norma, establecida por una organización interprofesional reconocida por la autoridad nacional, no es una ayuda de Estado. Este dictamen del Tribunal ratifica la opinión que ya había emitido el Abogado General en enero pasado.
El dictamen precisa que estas cotizaciones tienen que tener como fin la realización de acciones de comunicación, promoción, relaciones exteriores, garantía de calidad, investigación, de defensa de los intereses del sector, y la adquisición de estudios y de encuestas a consumidores.
El dictamen viene motivado por una denuncia interpuesta por dos empresas francesas de pavos. El caso se inició en 2007, cuando la Interprofesión francesa de pavos (CIDEF) suscribió un acuerdo interprofesional y el establecimiento de una cotización interprofesional de 14 euros por 1.000 pavos jóvenes para el ejercicio 2008. Posteriormente se prorrogó el acuerdo y la cotización durante 3 años.
La sociedad Doux Élevage SNC y la cooperativa agrícola UKL ARREE, son dos empresas del ramo del pavo que, al igual que los otros profesionales de dicho sector, quedaron sujetos al pago de la cotización interprofesional. En 2009 interpusieron un recurso ante el Conseil d’État, para anular dicha cotización, alegando que constituía una ayuda de Estado.
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