Esta ayuda específica establecida en el artículo 68 del Reglamento 73/2009, está destinada a los agricultores que produzcan leguminosas de consumo humano de las que determina el Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, norma que también recoge los requisitos que deberán cumplir los beneficiarios de esta ayuda.
El objetivo de la ayuda es el fomento y la defensa de una producción de calidad en el sector de las legumbres.
La ayuda base por hectárea será de 100 euros y la superficie de base total es de 10.000 hectáreas, dividida en tres subsuperficies, 4.000 hectáreas para DOP, IGP; 5.500 hectáreas para agricultura ecológica y 500 hectáreas para otras denominaciones de calidad diferenciada distintas de las anteriores.
La pasada campaña 2012/2013 fue preciso ajustar la superficie determinada al superarse en 3.457,75 hectáreas la superficie de base total establecida.
Para la actual campaña 2013/2014, el número de hectáreas que han cumplido los requisitos establecidos en el Real Decreto 202/2012, ha sido de 9.899,18 hectáreas, resultando inferior a la superficie de base total.
Por ello, se ha establecido un importe suplementario de 2,10 EUR/ha para aplicar a la superficie determinada DOP/IGP.
La superficie determinada, desglosada por Comunidades Autónomas, se puede consultar en el siguiente vínculo:
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