Ya en una primera instancia la sentencia de la Audiencia Nacional dio la razón en 2012 a la Unión de Uniones de agricultores y ganaderos frente al Ministerio de Agricultura y las organizaciones, Asaja Upa y Coag, lo que ahora ratifica el Tribunal Supremo.
El Ministerio de Agricultura había venido publicando en la anterior legislatura, ordenes mediante las cuales, para solicitar subvenciones de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios ENESA, adscrita al Ministerio de Agricultura, era necesario ser organizaciones miembro de la comisión general de dicha entidad. Esta situación impedía que cualquier otra organización obtuviera ayudas ya que no se daba la posibilidad de solicitarlas.
En la sentencia el Tribunal Supremo en Fundamentos de Derecho afirma que “las subvenciones se repartieron sin hacer en realidad un procedimiento de concurrencia competitiva” Por lo que la sentencia obliga a eliminar dos artículos de la Orden en cuestión (ARM 1513 /2010 de 28 de Mayo) y tras la desestimación del recurso de casación por el Supremo, tendrá que ser cumplida.
De las Heras ha afirmado que afortunadamente, “la Audiencia Nacional y ahora el Supremo han ayudado a clarificar las cosas y a sentar jurisprudencia en este asunto, lo que hacía mucha falta, ya que estamos hartos de contemplar como se han venido repartiendo los fondos públicos en estos últimos años, y de ver siempre a los mismos jugadores, que solo ganan porque juegan con las cartas marcadas”.
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