El Tribunal Constitucional de Polonia ha dictaminado que la prohibición del sacrificio religioso es anticonstitucional. La comunidad judía de Polonia decidió en septiembre de 2013 llevar ante el Tribunal Constitucional la prohibición polaca del sacrificio religioso de animales, es decir, del sacrificio de animales sin aturdimiento previo por motivos religiosos.
Esta prohibición, que entró en vigor el 1 de enero de 2013, se introdujo al final de 2012 debido a que el Tribunal Supremo dictaminó que sacrificar animales sin estar aturdidos previamente va en contra de su bienestar.
El gobierno polaco no está a favor de esta prohibición porque considera que está provocando importantes pérdidas en el sector, ya que no pueden exportar carne kosher ni halal a Israel y Oriente Medio. Por este motivo, antes del verano presentó una propuesta de Ley del Gobierno para levantar esta medida. Sin embargo, la propuesta fue rechazada por el Parlamento polaco, con el apoyo de 222 parlamentarios frente a 178 que votaron a favor de la misma.
La prohibición vigente impide que se pueda producir este tipo de carne, que es la única que permite las religiones musulmana y hebrea y que exige que la carne proceda de animales a los que se les ha cortado la garganta y se ha desangrado hasta la muerte estando conscientes, es decir, a los que no se les ha aturdido previamente.
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