1.- VOLUNTAD POLÍTICA
ASAJA-EXTREMADURA lleva años insistiendo a la Administración para que tome medidas para controlar las enfermedades pecuarias en el sector cinegético, medidas que hasta ahora solamente se han limitado a presentar resoluciones, en las cuales se declara “emergencia cinegética por motivos de protección ambiental y de sanidad animal”, en determinados municipios, áreas y cotos de caza de Extremadura, resoluciones que ASAJA-EXTREMADURA cree que no son adecuadas para los fines perseguidos, por lo cual, y al menos hasta ahora, se ha puesto de manifiesto la falta de voluntad política para solucionar el grave problema económico que la tuberculosis ocasiona a las explotaciones ganaderas de Extremadura y fundamentalmente en la provincia de Cáceres.
PROPUESTA 1.1
.-La situación es de alarma sanitaria y como tal se debe actuar.
El Ministerio de Agricultura destaca como posible origen de la infección en Extremadura a la fauna silvestre en un 91%.
.-Se deben bajar los censos del jabalí y los ciervos. A modo de ejemplo basta decir que en la campaña 1986/1987 se abatieron en Sierra de San Pedro 1.113 venados y en la campaña 2014/2015 en torno a 10.000.
Las poblaciones de ciervas en Sierra de San Pedro en los años 86/87 estaban en 6.000/7.000 ciervas, en la actualidad se estima que deben rondar entre 35.000 y 40.000 cabezas, más otras 10.000 en los Campos de Brozas y Salor, áreas estas últimas que en los años 86/87 las ciervas no existían.
.-Se deben declarar oficialmente al jabalí y al ciervo como reservorio de la enfermedad de la tuberculosis.
2.-GESTIÓN DE LOS COTOS Y PROGRAMAS SANITARIOS EN FAUNA CINEGETICA
PROPUESTA 2.1
ASAJA-EXTREMADURA cree necesario que se cambie el modelo de gestión de la caza mayor.
Sus gestores deben asumir una responsabilidad amplia en la administración de los cotos, incluyendo en ésta, el ámbito civil medioambiental y el sanitario, pues de no tenerse en cuenta estos aspectos, se originará un daño irreparable a la naturaleza y a los sectores productivos con gran trascendencia económica y social como es la ganadería extensiva de Extremadura.
Los cotos de caza mayor deben contar con un programa sanitario y someterse a pruebas de control y erradicación de la tuberculosis. Así lo ha recogido la Ley de Montes.
.- INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA. PROGRAMAS SANITARIOS PARA LOS COTOS
El Real Decreto 1082/2009 de 3 de julio, sobre requisitos de sanidad animal para los movimientos de animales de la fauna silvestre, establece en su disposición adicional segunda, apartado tres, lo siguiente:
Los animales vivos de las especies mencionadas en el apartado 1 (cérvidos y jabalís que conviven con bovinos de forma conjunta) que como resultado de la prueba de tuberculosis resulten positivos, deberán ser sacrificados o abatidos en la propia explotación en los términos previstos en la normativa vigente. Si por parte de las autoridades competentes se identifica como reservorio o fuente de infección una especie de fauna silvestre o cinegética que cohabita con el ganado en la misma explotación, las autoridades competentes junto con el titular de la explotación y las autoridades competentes en medio ambiente, si procede, acordarán en un plazo máximo de tres meses un plan integral que permita controlar la transmisión y limitar el contacto entre el ganado y la fauna silvestre, incluyendo la separación de las dos poblaciones cuando sea posible o limitando la densidad de las especies cinegéticas en la explotación.
PROPUESTA 2.2
Otra medida que ASAJA-EXTREMADURA viene insistiendo para que la Administración ponga en marcha, y con carácter obligatorio, es la retirada de los cadáveres que se abandonan en el campo al cobrar una res, bien en montería, gancho, rececho, espera nocturna, etcétera.
Si a los ganaderos se les exige, como medida sanitaria, que se retiren los cadáveres de vacas, ovejas, cabras y cochinos, para lo cual existe un seguro de retirada de cadáveres, esa misma obligación tiene que existir para las especies cinegéticas… si se quiere avanzar en la erradicación de la tuberculosis.
Retirada de cadáveres de las monterías, ganchos, aguardos, esperas…
PROPUESTA 2.3
Los cotos de caza menor que son linderos con cotos de caza mayor, son los que más están sufriendo la incidencia de la enfermedad y los que más riesgo corren de contagio al estar más expuesto a los movimientos de las reses buscando comida, sin que los titulares ganaderos de este tipo de cotos puedan hacer nada por impedir que ciervos y jabalís invadan sus fincas -comiendo sus pastos y montaneras, predando sobre las especies de caza menor, rompiendo sus cercas, hozando el terreno y trasmitiendo enfermedades a su ganado- sin que puedan obtener contraprestación ninguna.
Esta situación, que tanto daño hace, necesita de un marco regulatorio de medidas específicas para impedir esta invasión.
La gran mayoría de ganaderos que sufren esos daños ven como tienen que soportar
gran número de ciervos y jabalíes para que después sean los cotos de caza mayor los que se beneficien de ellos.
Incluso en los cotos de caza menor, que tienen aprovechamiento de jabalíes, no pueden defenderse de ellos ya que, al no tener manchas, no pueden celebrar ganchos para cazarlos
Desde ASAJA-EXTREMADURA proponemos que, en estos casos, el jabalí pueda cazarse durante todo el año, para ello y con carácter voluntario los ganaderos afectados contratarían un suplemento del seguro de retirada de cadáveres para que sirviera de control de los animales abatidos.
No tiene sentido mantener un animal que lo único que reporta son perjuicios y no aporta nada a la Naturaleza.
PROPUESTA 2.4
Desde ASAJA-EXTREMADURA, creemos que se deben promover los cerramientos cinegéticos de los cotos de caza mayor, no penalizándoles económicamente y además, reduciendo la superficie a cerrar, pasando de 1.000 has a 500 has.
Eso sí, obligando a los titulares de esos aprovechamientos cinegéticos a que se comprometan al mantenimiento de las cercas, de forma que se garantice una estanqueidad razonable y las reses no salgan a los predios colindantes.
PROPUESTA 2.5
Otra de las medidas que ASAJA-EXTREMADURA exige a la Administración, es la obligación de cubrir los cupos de capturas establecidos en los planes técnicos de caza y en las ampliaciones de los mismos recogidos en las declaraciones de emergencias cinegéticas, no sin antes partir de censos reales, datos de censos a todas luces desconocidos para nosotros y que exigimos a la Administración que los facilite, si los tiene, en el ánimo de buscar la transparencia en los distintos sectores, pues al igual que los ganaderos tienen la obligación de declarar sus censos todos los años y ya pueden tener buen cuidado para que sean ciertos, pues de no ser así le caería alguna que otra sanción importante.
Los responsables de los cotos deben cumplir, y la Administración exigir, con rigurosidad el compromiso de las capturas, estudiando y valorando cualquier sistema.
PROPUESTA 2.6
Debe quedar totalmente prohibido cebar jabalíes y ciervos en fincas ganaderas y/o mixtas.
En los cotos de caza mayor próximos a áreas de regadío estará prohibido el maíz como alimentación de las especies cinegéticas.
PROPUESTA 2.7
En cuanto a los puntos de agua, parece estar demostrado que solo el 5% de las charcas da positivo a tuberculosis, mientras que el 57% da positivo cuando se analiza el barro, por lo que tratar el agua no es muy efectivo.
El tamaño de las charcas es crucial, siendo las de pequeño tamaño las más peligrosas.
Por ello desde ASAJA-EXTREMADURA solicitamos que las ayudas que se destinen a la creación de nuevas charcas y la ampliación de las existentes se autoricen con capacidades mínimas de 500 m3.
3.-PROGRAMAS SANITARIOS DE ERRADICACION DE TUBERCULOSIS EN BOVINOS
Desde ASAJA-EXTREMADURA somos conscientes de la complejidad de la ejecución del Programas Nacional de erradicación de la tuberculosis, si bien es verdad que no todas las Comunidades Autónomas se encuentran con el mismo escenario a la hora de aplicar los programas, porque no tienen los mismos censos de vacas nodrizas, porque no tienen iguales sistemas de manejo, y porque no tienen altas poblaciones de fauna cinegética que son reservorios de la enfermedad de la tuberculosis.
Es por ello que las dificultades de aplicar los programas no es lo mismo ejecutarlo en la Rioja que en Extremadura y dentro de Extremadura no es lo mismo aplicarlo en la Tierra de Barros o la Serena que en Sierra de San Pedro, Monfrague o Villuercas, donde se encuentran los mayores censos de vacuno de la región y la mayor población de fauna cinegética.
La experiencia nos indica, y a los datos nos remitimos, de la dificultad de llegar a prevalencias en rebaños por debajo del 1%, cifra que no se ha conseguido en los 20 años que se lleva aplicando el Programa Nacional de Erradicación en Extremadura, ni creemos que se vaya a conseguir en un futuro próximo, por ello proponemos:
PROPUESTA 3.1
Aplicar el Programa con los criterios de las zonas de baja prevalencia (menor del 1%), sin menoscabo del rigor en el diagnóstico.
Por lo tanto no compartimos la decisión de tener que realizar dos chequeos en campaña para aquellas explotaciones con estatus sanitario T3H.
Si esto es así, de nada sirve el esfuerzo que están realizando los ganaderos y pone en entredicho la aplicación de los Programas Sanitarios
PROPUESTA 3.2
No se puede quedar suspendida la calificación de una explotación T3, cuatro o cinco meses pendiente del resultado del PCR.
Se debe recurrir a otras técnicas, si existen, o establecer otros criterios de diagnóstico.
PROPUESTA 3.3
Cambiar el área de la intradermotuberculinización desde la zona de la escápula a la zona de las tablas del cuello, induce a cometer más errores en el diagnostico (dicho tanto por los veterinarios de campaña como por veterinarios de explotación y de ADS) al ser la zona del cuello donde generalmente se pincha en desparasitaciones, vacunaciones y demás tratamientos, provocando como consecuencia de ello accesos y otros tipos de reacciones que dan lugar a que se puedan confundir con la reacción a la tuberculización.
Además, trabajar en la zona del cuello implica un mayor riesgo físico y dificultad para los veterinarios en realizar las pruebas.
Por ello desde ASAJA-EXTREMADURA solicitamos que la tuberculización se realice en la escápula
PROPUESTA 3.4
Entendemos que los veterinarios encargados de la ejecución de los programas de saneamiento ganadero, tienen los suficientes conocimientos y profesionalidad para no ser necesario que se les aplique el nivel de auditorías y controles a los que se les somete.
La presión a la que se pueden ver sometidos por ello, les puede inducir a marcar animales que después resultan que no son positivos en el resto de pruebas diagnósticas. Con el grave perjuicio para los ganaderos.
La utilización de los términos interpretación severa y extra severa del diagnóstico deben suprimirse, por los mismos argumentos anteriormente expuestos. Entendemos que si un animal es positivo es positivo y no debe admitir dudas.
4.-SOLUCIONES A LAS LIMITACIONES DE MOVIMIENTOS
PROPUESTA 4.1
Los programas sanitarios de erradicación de enfermedades, en ningún caso deben conllevar el abandono por parte de los ganaderos de su actividad, podrán abandonar su actividad por otros motivos, pero nunca por actuaciones sanitarias programadas por las Administraciones que lo lleven a la inviabilidad económica de sus explotaciones ganaderas.
Las Administraciones deben valorar las consecuencias que conlleva la obligatoriedad de realizar los programas sanitarios.
Cuando se programen las Campañas de Saneamiento Ganadero, el programa sanitario deberá contar con un análisis de impacto.
Bloquear e impedir el movimiento de los animales de una explotación de vacas nodrizas supone poner en riesgo la viabilidad económica de esa explotación.
El proyecto piloto de movimientos de animales de edad no superior a 8 meses con resultado negativo desde explotaciones T2+ hacia cebaderos cerrados y cuyo único destino posterior sea sacrificio, sin dejar de ser una solución, les está costando a los ganaderos 100 €/cabeza, porque son desgraciadamente los intermediarios los que se aprovechan de ello.
Se debe incentivar el cebo en común de los ganaderos de vacas nodrizas y la creación de cebaderos comunitarios.
Así como líneas de apoyo a los ganaderos para la construcción de instalaciones de cebo y manejo en sus explotaciones.
Dentro del PDR existen líneas de apoyo para incentivar este tipo de iniciativas.
PROPUESTA 4.2
Cuando a un ganadero le marcan animales positivos y le bloquean los movimientos de animales, no necesariamente está pensando en el valor de los animales que le han marcado (que también es muy importante), sino en que su flujo de ingresos se corta, en el mejor de los casos al menos un año, mientras intenta recuperar la calificación, lo cual le causa un problema importante desde el punto de vista de su estructura económica y tener que afrontar una serie de costes no previstos como consecuencia de no poder vender sus animales (pienso para el cebo, paja, producto zoosanitarios, mano de obra adicional….)
ASAJA-EXTREMADURA piensa que se deben buscar líneas de financiación para el cebo de terneros de aquellos ganaderos que pierdan la calificación sanitaria.
PROPUESTA 4.3
Ajustar los baremos de indemnización a la realidad de los mercados, incluyendo la perdida de producción de los animales sacrificados como reaccionantes positivos.
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