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El Gobierno regula el acceso y la utilización de los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres

27/02/2017

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Real Decreto relativo al acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones – grupo de organismos con características comunes– silvestres y al control de su utilización.

Esta norma desarrolla varios preceptos de la Ley del Patrimonio Natural y la Biodiversidad relacionados con el cumplimiento, por parte de España, con el Protocolo de Nagoya, en el marco del Convenio sobre Diversidad Biológica. Asegura también la correcta utilización de los recursos genéticos en España de conformidad con el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 2014.

PROCEDIMIENTOS PARA EL ACCESO A LOS RECURSOS GENÉTICOS

Este Real Decreto detalla los procedimientos para el acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y el control sobre su utilización, tanto si se trata de recursos propios como si proceden de terceros países. También se regula la distribución justa y equitativa de los beneficios que genera su explotación.

Con anterioridad a la aprobación de este Real Decreto, la comercialización de un producto elaborado a partir de recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres (como por ejemplo un producto cosmético o farmacéutico), no reportaba a la sociedad española ningún beneficio. No se lograba provecho social monetario (porcentaje sobre beneficios de productos y royalties sobre patentes) ni no monetario (capacitación en nuevas áreas y proyectos de investigación, transferencia de tecnología), que pudiera redundar en la conservación de la biodiversidad española.

BENEFICIO PARA TODA LA SOCIEDAD

Este Real Decreto revierte esta situación ya que, a partir de su entrada en vigor, el acceso a los recursos genéticos españoles con fines de utilización comercial queda sometido a los procedimientos de consentimiento previo, y a la negociación y acuerdo de la distribución de los beneficios. Como prueba de haber cumplido ambos requisitos, el usuario deberá obtener una autorización de acceso, otorgada por la autoridad competente.

De esta manera, se pone en valor la biodiversidad española como potencial fuente de desarrollo de algunos sectores de la economía española. Así, la utilización de los recursos genéticos españoles podrá suponer un beneficio para toda la sociedad, y un incentivo y una nueva fuente de financiación innovadora para la conservación de la biodiversidad.

El Real Decreto reconoce, además, el doble perfil de España como país proveedor de recursos genéticos (al ser uno de los países europeos más ricos en biodiversidad) y como país usuario de recursos genéticos nacionales y extranjeros, gracias a su importante industria biotecnológica. Por ello, la nueva norma concreta los procedimientos internos para el control y seguimiento, que permitirán detectar la utilización ilegal de recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados en España, de conformidad con la normativa de la UE.

La demostración por parte del usuario de un recurso genético, de haber cumplido con la normativa, habrá de realizarse cuando sea beneficiario de fondos de investigación, se encuentre en la etapa final de la elaboración de un producto que utilice de recursos genéticos o solicite una patente. Fuente: Mapama

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