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Galicia: 500 euros de ayuda por bovino para la reposición o lucro cesante

05/02/2018

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el viernes la orden de ayudas de la Consellería de Medio Rural para compensaciones complementarias por la inactividad (lucro cesante) y reposición de los animales en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino, como consecuencia del sacrificio obligatorio de ganado en ejecución de programas oficiales de erradicación de enfermedades. La partida presupuestaria para este año 2018 asciende a 250.000 euros.

Estas aportaciones están dirigidas a pequeñas y medianas explotaciones localizadas en nuestra comunidad. En el caso de las ayudas por lucro cesante, podrán beneficiarse de ellas las personas titulares de este tipo de explotaciones en las que se ordenara el sacrificio de forma preventiva de la totalidad de su censo, por motivos de sospecha y/o confirmación de la presencia de alguna enfermedad sometida a un programa o a una actuación sanitaria oficial, compensándose la pérdida de ingresos por la inactividad de la explotación hasta que se autorice la compra de nuevos animales.

En el caso de las ayudas a la reposición de ganado podrán beneficiarse los titulares que tengan que comprar cabezas de ganado como consecuencia de un sacrificio obligatorio de uno o más animales existentes en su granja, debido al diagnóstico de una enfermedad sometida a un programa o la una actuación sanitaria oficial.

Cuantía de las ayudas

Para las ayudas por lucro cesante, el importe de las compensaciones complementarias será determinado con base en los cálculos aplicados a las márgenes brutas de las principales actividades productivas ganaderas de las explotaciones, habida cuenta el período de inactividad desde el día siguiente en que sea efectivo su vacío sanitario.

Para las ayudas a la reposición de ganado, los importes serán de 500 euros por animal adquirido de la especie bovina y 50 euros por animal comprado de las especies ovina o caprino (hubiera o no vacío sanitario en la explotación). Estos importes por animal serán incrementados en un 10% si la explotación pertenecía a una ADSG en un determinado momento en relación con la ejecución de las pruebas sanitarias en ella. Además podrá concederse una cuantía adicional para cada animal bovino comprado, en los casos en que los bovinos que se sacrificaron habían pertenecido a explotaciones incluidas en núcleos de control lechero oficial, o bien se fueran de una raza pura cárnica y habían estado inscritos en el libro genealógico de la raza.

Plazo solicitudes

Las personas interesadas en presentar las solicitudes para estas ayudas podrán consultar los requisitos exigidos en la orden que publica hoy el DOG. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 30 de noviembre de 2018 y deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es. Sin embargo, para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes (CB), sociedades civiles (SC) y sociedades agrarias de transformación, SAT) deberán presentarlas obligatoriamente de forma electrónica.

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