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Se inicia en Cataluña un plan piloto de control de las inspecciones de equipos de aplicación de productos fitosanitarios

06/03/2018

Foto: Agroptima

Desde noviembre del 2016 sólo se pueden utilizar para usos profesionales aquellos equipos de aplicación de productos fitosanitarios (EAPF) que hayan pasado favorablemente una inspección. Actualmente, todavía hay un 31% de equipos inscritos en el registro de Maquinaria Agrícola (ROMA) que no han pasado la mencionada inspección o no la han superado favorablemente.

Por este motivo, el Departamento de Agricultura de Cataluña (DARP), a través de las direcciones generales de Agricultura y Ganadería y de Agentes Rurales, pondrá en marcha, a partir del próximo 15 de marzo, un plan piloto que tiene como objetivo comprobar que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios que están trabajando en el campo o desplazándose, hayan pasado favorablemente esta inspección obligatoria. Se inspeccionarán tanto los equipos registrados en el ROMA como los que no lo están.
Los encargados de llevar a cabo este control serán los agentes rurales. Entre otros aspectos, comprobarán si el EAPF lleva la etiqueta adhesiva con arreglo ha pasado de manera favorable la inspección, pedirán el certificado de inspección y comprobarán si el EAPF está inscrito en el ROMA e inspeccionado. En caso de que haya algún incumplimiento o que se tenga que hacer alguna comprobación documental, se levantará acta y, en su caso, se aplicarán las sanciones correspondientes.
Este plan piloto tendrá una duración de tres meses y se realizará en siete comarcas (Anoia, Alt Penedès, Alt Empordà, Alt Urgell, Baix Penedès, Montsià y Segrià). A partir del mes de junio está previsto hacer extensible este plan piloto en toda Cataluña, única Comunidad Autónoma que realizará este tipo de control.
Uso sostenible de los plaguicidas
Para que se haga un uso sostenible de los plaguicidas, desde la Unión Europea se han fijado una serie de requisitos de obligado cumplimiento, entre los que la obligatoriedad de las inspecciones periódicas a los EAPF. En este sentido, la normativa establece que todos los equipos deben estar inspeccionados, como mínimo, una vez, antes del 26 de noviembre de 2016, exceptuando los equipos nuevos, que deben inspeccionarse dentro del plazo de cinco años después de su compra. Por tanto, desde el 26 de noviembre de 2016 sólo se pueden utilizar para usos profesionales aquellos EAPF que hayan pasado favorablemente la inspección.
Las inspecciones las llevan a cabo las estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios (ITEAF), previamente autorizadas o reconocidas por el DARP.
A pesar de que desde el DARP se han llevado a cabo diversas actuaciones para informar y comunicar la obligatoriedad de la inscripción en el ROMA y de la realización de las inspecciones, actualmente todavía hay equipos que no están inscritos y otros que, aunque haber realizado la inscripción, no han realizado dicha inspección o no la han superado favorablemente.

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