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Aprobadas las nuevas normas de ordenación de granjas porcinas

12/02/2020

El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del Ministerio de Agricultura, un Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas. Este RD busca actualizar el vigente  RD 234/2000 y consolidar  todas las modificaciones que ha tenido a lo largo de estos 20 años. Una primera modificación del nuevo RD viene ya en el nombre del mismo, ya que se habla de ordenación de granjas porcinas en lugar de explotaciones porcinas.

El RD quiere proporcionar una mayor claridad y simplificación normativa. También busca reducir el margen de interpretación de las normas con el fin de que su aplicación sea lo más homogénea posible en todas las CCAA. Para ello, se creará una Mesa de Coordinación con las CCAA, con el fin de analizar las diversas cuestiones de interpretación.

Una de las grandes novedades que incluye el RD es que todas las granjas de ganado porcino, incluidas las existentes antes de que entrara en vigor este nuevo RD, a excepción de las de autoconsumo y reducidas (hasta 5,1 UGM) tendrán que contar con un Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones de ganado porcino.

El veterinario de explotación tendrá que elaborar el SIGE, que tendrá apartados relacionados con sanidad, bienestar animal, higiene, bioseguridad y medioambiente. Su contenido deberá actualizarse, al menos, cada 5 años y, siempre que hubiera alguna modificación sustancial.

Dentro del apartado sanitario, el SIGE tendrá que identificar al veterinario de explotación y sus competencias, definir un plan documentado que describa los procedimientos de trabajo, definir los puntos críticos de la explotación y las medidas para solventarlos, entre otras cuestiones. Además, se tendrán que abordar tres requisitos:

         – Plan de bioseguridad

         – Plan sanitario de enfermedades obligatorias y otras que resulten de interés para la propia explotación, para la comarca, provincia o comunidad autónoma. 

         – Plan de uso racional de antibióticos, que incluya indicadores de seguimiento. 

Dentro del apartado medioambiental, el SIGE tendrá que definir un Plan de Gestión Ambiental con  medidas para optimizar del uso de agua y energía, para el control de ruidos, partículas, polvo y olores y para la gestión del estiércol. También se tendrá que poner en marcha procedimientos para la reducción de las emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI) y de amoniaco.

El Ministerio de Agricultura va a poner en marcha el  Registro General de Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones, para contabilizar, tanto en cada explotación y como de forma agregada, los niveles de emisiones de gases contaminantes, así como las Mejores Técnicas Disponibles utilizadas en cada explotación para la reducción de emisiones.

Dentro del apartado de bienestar animal, el SIGE tiene que desarrollar un Plan de bienestar animal, en el que se evalúen los factores de riesgo para el bienestar de los animales y se adopten las medidas para reducir o eliminar los   riesgos identificados.  

El RD también recoge, como el anterior, todas las normas referidas a tamaño de las granjas, distancias entre ellas, movimientos de animales, infraestructuras (vallado perimetral, malla pajarera en ventanas, arcos de desinfección y/o vados sanitario, pediluvios, vestuarios para el personal etc), densidades ganaderas, registro de explotaciones etc.

Comentarios de nuestros lectores:

  1. Josep sociats serra dice

    21/02/2022 a las 11:06

    La meva pregunta és,

    Si la paret de la granja està al límit de la finca del veí k tinc k fer?

    Responder

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