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Nuevas medidas para la erradicación de enfermedades en Cantabria

21/02/2020

La Consejería de Agricultura de Cantabria ha puesto en marcha una nueva campaña de saneamiento ganadero, con nuevas medidas de intervención y control ante la situación de baja prevalencia sostenida de las enfermedades animales de los programas de erradicación y seguir avanzando en su control.

Entre las novedades de la nueva campaña, destaca la reducción del número de pruebas de brucelosis de dos anuales a una, excepto aquellas explotaciones de carne que acudan a pastos comunales y que pertenezcan a comarcas veterinarias con antecedentes confirmados de la enfermedad los últimos cuatro años.

En el caso de las explotaciones bovinas de carne que aprovechan pastos de uso comunal, las pruebas deberán realizarse antes y después de dicho aprovechamiento.

Tampoco se aplicará esta reducción de las pruebas, en las explotaciones bovinas que realicen trashumancia, las cuales estarán sometidas a las pruebas que cada año se aprueben en el programa nacional de erradicación de brucelosis.

Además, en las explotaciones bovinas cuya orientación productiva sea exclusivamente la de reproducción para la producción de leche, la prueba podrá consistir en dos investigaciones anuales mediante la toma de muestra de leche procedente del tanque de almacenamiento de la explotación.

En cualquier caso, el marcaje de reses reaccionantes no implicará necesariamente el sacrificio del ejemplar, cuyo destino se decidirá con posterioridad. Cuando sea necesario confirmar la aparición o persistencia de una de las enfermedades de campaña de saneamiento en una explotación, se podrán ordenar, o el sacrificio o la repetición de las pruebas que se consideren oportunas.

En cuanto al resto de pruebas sanitarias que incluye la nueva campaña, todas las explotaciones bovinas serán sometidas a una prueba anual de investigación de tuberculosis y, en su caso, a las pruebas de investigación de perineumonía contagiosa bovina y leucosis enzóotica que resulten del programa que se apruebe por el Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.

La nueva campaña, cuya regulación se publicó ayer en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), tendrá carácter obligatorio para todas las explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Cantabria y consistirá en la realización y adopción de las medidas necesarias para erradicar la brucelosis y la tuberculosis bovina, así como vigilar la leucosis enzoótica y la perineumonía contagiosa y la brucelosis ovina y caprina.

La campaña se podrá extender a los animales de renta o de compañía de cualquier especie que puedan actuar como vectores, reservorios o portadores de estas enfermedades cuando se haya contagiado un foco de tuberculosis o brucelosis bovina.

Desarrollo de la campaña

La ejecución de la campaña será realizada por veterinarios autorizados por el Servicio de Sanidad y Bienestar Animal, tanto los que pertenezcan a la empresa contratada o encargada para realizar la campaña como aquellos que tengan la condición de veterinario de explotación autorizado.

Los titulares de las explotaciones ganaderas están obligados a aplicar todas las medidas sanitarias y de bioseguridad que establece la normativa vigente, así como todas aquellas que garanticen el control y vigilancia adecuada de los animales.

La campaña no tendrá coste alguno para los titulares de las explotaciones, siempre y cuando se realice por veterinarios autorizados. No obstante, deberán asumir el coste cuando la campaña deba realizarse en fechas distintas de las programadas, contando con un régimen de ayudas para hacer frente al mismo.

Una vez que concluya la campaña en todos los municipios de la región, el Servicio de Sanidad y Bienestar Animal elaborará una memoria de resultados que será presentada a la Mesa Sectorial de Sanidad Animal antes del 30 de abril de cada año.

Como en campañas anteriores, se prohíbe todo tratamiento terapéutico contra la tuberculosis, brucelosis, leucosis enzoótica bovina y perineumonía contagiosa bovina, así como los tratamientos desensibilizantes frente a la tuberculosis y la vacunación contra leucosis y tuberculosis. También se prohíbe la vacunación contra la brucelosis de los bovinos, ovinos y caprinos, salvo los tratamientos terapéuticos o vacunaciones que hayan sido autorizados por el Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.

Los titulares de las explotaciones tendrán derecho a una indemnización por sacrificio obligatorio de sus animales de acuerdo a los baremos oficiales, siempre que no se hubiese infringido la normativa de sanidad animal y la referida al registro de explotaciones y movimiento o identificación de animales.

La campaña también regula aspectos relacionados con el tipo de pruebas a realizar a los animales; el marcaje, aislamiento y sacrificio; la autorización de mataderos para realizar los sacrificios; la inmovilización y vigilancia de los animales; la desinfección; las normas sanitarias de movimientos de ganado, mercados y aprovechamiento de pastos; las medidas complementarias para la erradicación de la brucelosis bovina; la trashumancia, y las infracciones y sanciones.

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