Ayer, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, los máximos jefes operativos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil aclararon que no se exigirá a los ciudadanos ningún certificado de que se están desplazando para ir a trabajar. Han señalado que no existe un documento previsto al respecto, con lo cual no es exigible. No obstante, han aclarado que si el trabajador tiene en su poder un documento de su empresa que acredita que está trabajando en ella, serán más rápidas las gestiones para comprobar la veracidad de sus palabras.

Por otro lado, el Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La modificación aprobada atiende las necesidades detectadas desde su aprobación, el pasado sábado.
Una de ellas es que se ha incluido los establecimientos sanitarios y los centros o clínicas veterinarias dentro de la lista de establecimientos comerciales exceptuados de la suspensión de apertura.
También recoge que la suspensión de los trámites administrativos no afecta a los trámites de afiliación, la liquidación y la cotización de la Seguridad Social, que son trámites que deben realizarse necesariamente en los plazos previstos..
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.