El Real Decreto que se publicó el 14 de marzo pasado para declarar el estado de alarma por el Coronavirus generó confusión en el sector del transporte de mercancías por carretera, debido a que establecía limitaciones en la circulación de personas por la vía pública, estableciendo una circulación en solitario.
En el transporte de mercancías por carretera muy frecuentemente viajan dos personas, sobre todo en los desplazamientos de largas distancias, ya que les permite alternarse en la conducción. Introducir la limitación de una sola persona por cabina generaría mucha distorsión en el comercio y por tanto, en el abastecimiento de alimentos, entre otros productos.

Por tanto, este sábado se ha publicado la Orden TMA/ 264/2020, que establece que en los transportes de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar. Tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.
Además, el viernes se publicó otra Orden, la Orden TMA/259/2020 que permite la apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor, así como los establecimientos de actividades conexas de venta de piezas y accesorios con venta directa a los talleres de reparación, pero sin apertura al público general.
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