El Ministerio de Agricultura (MAPA) ha decidido modificar la actual normativa que regula los contratos en el sector lácteo, con el fin de garantizar que se cumple la Ley de la Cadena Alimentaria y que los ganaderos reciben un precio con el que hacer frente a las subidas excepcionales de los costes de producción. A partir de hoy y durante un período de 7 días, hasta el 20 de enero inclusive, por tramitarse de manera urgente, se ha abierto la consulta pública sobre esta propuesta de modificación.
Los puntos más significativos que recoge el proyecto de Real Decreto son los referidos a introducir cambios en los contratos para que se puedan recoger la subida de los costes y las modificaciones de los umbrales para crear organizaciones de productores:
Modificación de los contratos para incluir la subida de los costes
- En el caso de contratos suscritos a precio fijo y de al menos un año de duración, cuando se constate un incremento sostenido de los costes de producción que haga que, durante al menos 3 meses a lo largo del periodo de vigencia del contrato, el productor haya vendido la leche por debajo de sus costes de producción, el productor podrá solicitar a la industria una nueva oferta de contrato. El comprador estará obligado a presentar la oferta en un plazo máximo de un mes para suscribir un contrato que respete así lo previsto en la ley de la cadena.
- En el caso de contratos con precio variable, se debe realizar un ajuste que garantice que la evolución del precio del contrato se acompasa realmente con la realidad del mercado, muy en particular en relación a la evolución de los costes de producción que mayor influencia tienen en la formación del precio.
Nuevos umbrales para las OP
Se disminuyen los umbrales productivos necesarios para constituir una Organización de Productores, tanto en el vacuno de leche como en el caprino de leche, para facilitar la constitución de las mismas. El nuevo límite propuesto para las de vaca es de 75.000 t (frente a las 200.000 t actuales) y para las de cabra, de 15.000 t (frente a las 30.000 t actuales). El limite para las de oveja se mantiene sin cambios en 30.000 t. En el caso de Baleares, Canarias y denominaciones de calidad solo cambiaría el limite propuesto para las de vaca, que bajaría a 5.000 t de las 10.000 t actuales.
Otras modificaciones
- Se incluirá un margen de tolerancia (al alza o a la baja) entre el volumen contratado y el efectivamente entregado (expresado en porcentaje), para permitir las posibles variaciones en la producción láctea que pueden darse naturalmente en una explotación. La leche entregada dentro de este margen recibirá las mismas condiciones de contratación a las aplicadas al volumen contratado.
- Se podrá incrementar el volumen de leche del contrato durante la vigencia del mismo, mediante una adenda por el 25% del volumen inicial contratado (sin considerar la tolerancia) o se podrán ir haciendo adendas sucesivas, hasta alcanzar el 25% del volumen inicial contratado.
- Se permitirán contratos simultáneos entre un mismo comprador y vendedor en el que caso de que se venda leche de dos o más especies.
- La negociación por parte de la organización o asociación nunca se referirá a un volumen total de leche que sea superior al 3,5% (ahora es el 4%) de la producción total de la Unión Europea.
Para consultar la propuesta de modificación de la normativa, pinche aquí.
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