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Quema rastrojos en Extremadura: piden ciertos cambios en la normativa

28/05/2024

La Junta de Extremadura impulsará ante los ministerios de Agricultura y de Transición Ecológica la modificación de la normativa estatal que prohíbe la quema de rastrojos para que se pueda utilizar este método natural ante plagas y disminuir con ello el uso de productos fitosanitarios y herbicidas.

La consejera de Agricultura, Mercedes Morán, ha señalado que la Junta entiende «el problema de los agricultores de la Campiña» por lo que ha lamentado que la normativa nacional no permita esa quema de ratrojos, ya que «no tiene sentido» que se exija a agricultores y ganaderos disminuir el uso de productos fitosanitarios y de herbicidas pero «tampoco se les deje luchar contra enfermedades y malas hierbas con métodos naturales como es la quema de rastrojos».

Ha recordado que la Consejería ha incluido este año, en la Orden mediante la que se declara la época de Peligro Alto, la prohibición expresa de la quema de rastrojos, con la excepción de las que se autoricen en zonas de secano por motivos fitosanitarios. Según se recoge en la orden, exclusivamente las organizaciones agrarias (OPAS) pueden solicitar esta autorización excepcional siempre que vaya acompañada de un informe pericial realizado por instituciones competentes o técnicos de reconocido prestigio. Dicho informe debe acreditar que no existen otros medios que no sean manifiestamente desproporcionados para evitar la propagación de plagas. De este modo, las OPAS tienen la posibilidad de acogerse a esta excepcionalidad y pueden solicitarlo acreditando esa necesidad para que los agricultores de zonas de secano que lo necesiten puedan hacer quemas controladas.

¿Qué opina APAG-Extremadura-ASAJA?

La organización realizó ayer martes 27 de mayo una concentración a las puertas de la Consejería de Agricultura en Mérida porque consideran que en la Orden publicada no se recogen las necesidades para el campo que ya se habían trasladado a la Junta de Extremadura:

  • La orden establece un horario de cosecha muy restrictivo que prohíbe el uso de la cosechadora entre la una de la tarde y las nueve de la noche. Apag Extremadura Asaja reclama recuperar el horario que se estableció en la orden del año pasado, que era parar de 14 a 18 horas.
  • Existe una definición del terreno forestal muy ambigua que afecta a prácticamente el 90% del suelo de Extremadura. Antes se consideraba como tal aquella zona de más de cinco hectáreas con una masa vegetativa de, al menos, un metro de altura. Si la orden no se modifica, se presenta como obligatorio tener una declaración responsable. Desde Apag Extremadura Asaja esperan que se pueda producir la modificación en esta orden.
  • La orden establece que, para obtener autorización para la quema controlada de rastrojos, se precisa de un informe pericial de reconocido prestigio, algo que resulta prácticamente inviable para el campo, además de que nunca han existido estos requerimientos.

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