Una sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha fijado en 64.998 euros la sanción que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) había impuesto al Club de Variedades Vegetales (CVVP) por su conducta anticompetitiva en la comercialización de la variedad de mandarina Nadorcott.
La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) celebra esta reducción de la sanción, que alivia la carga económica para los agricultores, muchos de ellos asociados. Aunque se reconoce la infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de la Unión, esta sentencia establece un precedente positivo para la comercialización de variedades protegidas, garantizando así la seguridad jurídica para los productores.
AVA-ASAJA aclara que las declaraciones del CVVP, en las que afirma que “ha obtenido sentencia firme del Tribunal Supremo por la que se declara la nulidad de la sanción”, generan confusión en el sector. La novedad judicial de la Audiencia Nacional se limita a una reducción razonable de la sanción, defendida por AVA-ASAJA para beneficio de los productores, mientras se mantiene la infracción y el cese de la conducta infractora del CVVP.
Precedente de la Nadorcott
La Nadorcott, primera variedad protegida, fue el origen de numerosas demandas en la citricultura valenciana. Cuando muchos agricultores habían plantado la mandarina Afourer, a partir de 2004 les advirtieron de que una sociedad era propietaria de los derechos de esa variedad, y que sin su autorización no se podía comercializar. A petición de los agricultores, AVA-ASAJA buscó un consenso para normalizar las plantaciones mediante el pago de una indemnización razonable, pero el titular de los derechos llevó el asunto a los tribunales, bajo la amenaza de arrancar los árboles irregulares y penas de prisión.
En 2011, AVA-ASAJA presentó una denuncia ante la CNMC, entendiendo que el CVVP excedía sus derechos legales al tratar de monopolizar la comercialización de la fruta. La CNMC impuso una multa de casi cinco millones de euros, pero la justicia coincide con AVA-ASAJA en fijar una cuantía razonable que no perjudique a los productores, además de delimitar los derechos del obtentor al material vegetal y no a la comercialización de la fruta.
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