El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha calculado los importes unitarios provisionales de las ayudas asociadas a la ganadería 2025 con el fin de que se puedan pagar los anticipos de las mismas, que este año pueden llegar hasta el 70% del pago total. Este cálculo se ha realizado en base a la información facilitada por las comunidades autónomas para cada intervención y respetando las asignaciones financieras establecidas.
No perciben anticipos la ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento ni la ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros, al no disponer información de los animales potencialmente subvencionables en las fechas necesarias, según los requisitos establecidos en las propias ayudas.
Los importes unitarios provisionales para el pago del segundo saldo quedan fijados en:

Las asignaciones financieras antes mencionadas son para la campaña 2025:
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne: 186.610.000 €.
- Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento: 12.390.000
€.
- Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros: 25.900.000 €.
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca: 122.000.000 €.
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de
carne: 131.620.000 €.
- Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra: 44.680.000 €.
- Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin
pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos
hortofrutícolas: 20.000.000 €.
Los importes unitarios provisionales podrán ser revisados a la hora de realizar el primer pago del saldo a partir del 1 de diciembre, el cual podrá alcanzar hasta el 90% del importe total de la ayuda.
Posteriormente, a partir de la nueva información que remitan las comunidades autónomas correspondiente al número total de animales determinados para el cobro de las ayudas en abril del próximo año, se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%
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