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Desaparecen las denominaciones de queso “semigraso”, “desnatado” o “semidesnatado

Leche 14 Sep 2015 0

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se modifican algunos aspectos de la norma vigente sobre calidad para quesos y quesos fundidos. La modificación responde a la necesidad de adecuar determinados aspectos de las mismas a los cambios en la normativa general alimentaria de la Unión Europea.

Los principales cambios se centran en la adaptación a la normativa comunitaria de declaraciones nutricionales y saludables de los alimentos. En este sentido, desaparecen antiguas denominaciones sobre el contenido en materia grasa que no se adaptaban a la citada normativa comunitaria como queso “semigraso”, “desnatado”, “semidesnatado”, y se sustituyen por los que figuran en el Reglamento tales como “bajo contenido en grasa”, “sin grasa” o “contenido reducido en grasa”.

Asimismo, se adecuan los aspectos de etiquetado para quesos al nuevo Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que ha entrado en aplicación recientemente, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. En ese proyecto se establece que el etiquetado de los quesos no envasados (pieza entera con la etiqueta pegada directamente) debe cumplir los mismos requisitos en cuanto a información al consumidor que los alimentos envasados, excepto la del etiquetado nutricional, siguiendo la línea regulada ya para el resto de alimentos no envasados.

El nuevo Real Decreto se publicó el sábado pasado (RD 818/2015) que entró en vigor ayer domingo. No obstante, los productos fabricados con anterioridad a esta fecha y que no se ajusten a lo dispuesto en el RD, podrán seguir comercializándose hasta agotar existencias, siempre que cumplan con las disposiciones vigentes hasta ese momento.

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