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Publicadas las nuevas normas para subvencionar a las mujeres en el medio rural

23/06/2014

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado en el Boletín Oficial del estado, una Orden ministerial por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción de las mujeres en el medio rural. Su objetivo es adecuar las ayudas a la normativa vigente, y establecer como prioritaria la búsqueda de nuevos yacimientos de empleo para las mujeres rurales e impulsar proyectos con proyección nacional y global.

Estas subvenciones, que se vienen concediendo desde el año 2006, están dirigidas a asociaciones de mujeres del medio rural, de ámbito estatal y que realicen sus actividades en, al menos, tres comunidades autónomas.

Para acceder a las ayudas es requisito indispensable que sean organizaciones sin ánimo de lucro y que tengan entre sus actividades habituales la realización de proyectos para la promoción de mujeres en el medio rural. Además, la norma establece que deben tener los recursos apropiados y el personal capacitado para desarrollar las actividades que son subvencionables.

Entre las actuaciones que pueden ser objeto de subvención destaca en primer lugar la realización de actividades relacionadas con el asesoramiento de empresas de producción agraria primaria, que incluyen proyectos relacionados con el fomento de la modernización, la competitividad, la integración sectorial, la innovación y la promoción de la iniciativa empresarial.

También contemplan el asesoramiento para el desarrollo de cadenas de suministro cortas, para potenciar la agricultura ecológica y la salud de los animales y para aquellas mujeres que se instalen por primera vez en una explotación agraria.

Podrán, igualmente, solicitarse ayudas para la organización de jornadas, nacionales o europeas, de intercambio de conocimientos, concursos, exhibiciones y ferias, y para la participación en estos eventos de empresas de producción primaria agraria creadas por mujeres en el medio rural.

La Orden ministerial limita los gastos subvencionables y ajusta las cuantías de las subvenciones a las dotaciones específicas que se asignen en los Presupuestos Generales establecidos para cada año. En este sentido se indica que la cuantía máxima de la ayuda por cada entidad, no podrá superar el 25 por ciento de la dotación presupuestaria anual disponible para la convocatoria.

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