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La Comisión insta a los Estados miembros a aplicar la prohibición de confinar a las cerdas en celdas individuales

03/05/2012

La Comisión ha instado a los Estados miembros a aplicar íntegramente a partir del 1 de enero de 2013 la prohibición de confinar a las cerdas en celdas individuales. La Directiva 2008/120/CE del Consejo, relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos, exige que a partir del 1 de enero de 2013 las cerdas y las cerdas jóvenes se críen en todas las explotaciones porcinas en grupos de diez o más individuos en los dos meses y medio siguientes a su cubrición. Es preciso, por lo tanto, trasladar a las cerdas de las celdas individuales a otras más respetuosas de su bienestar.

Es a los Estados miembros a quienes compete aplicar la Directiva 2008/120/CE del Consejo y a quienes corresponde, desde 2001, velar por que la industria ganadera cumpla la normativa. De momento ya la han aplicado en su totalidad tres Estados miembros (Reino Unido, Suecia y Luxemburgo) y dieciséis más lo habrán hecho cuando entre en vigor.

«Los consumidores europeos son tan exigentes en lo referente a la calidad de los alimentos como lo son los explotadores agrarios en sus demandas de unas condiciones de competitividad equitativas. Mantener el equilibrio entre estas dos exigencias, teniendo como tiene que hacer frente nuestra industria agraria a la actual coyuntura económica, es todo un reto. Los Estados miembros han tenido doce años para aplicar las disposiciones de la Directiva de modo que la Comisión hará uso de todas las competencias jurídicas de que dispone para tomar las oportunas medidas contra los Estados miembros que no respeten la normativa sobre la estabulación de las cerdas», ha declarado hoy John Dalli, Comisario de Sanidad y Consumo.

Antecedentes – Necesidad de un cambio

La prohibición de confinar a las cerdas en celdas individuales responde al interés que demuestran los consumidores europeos por que mejore la calidad de los alimentos y la salud de los animales en la UE, constituye un logro importante en materia de bienestar animal y es el resultado de una decisión conjunta de los Estados miembros, de la Comisión y del Parlamento Europeo, que se ha tomado sobre la base de sólidas pruebas científicas que evidencian que el confinamiento de las cerdas en celdas individuales compromete seriamente su salud. Sin embargo, con este nuevo sistema de cría mejora notablemente el porcentaje de supervivencia de los lechones y la productividad de las cerdas.

Mediante esta prohibición no solo se consigue que los alimentos producidos en la UE sean de mayor calidad y, por lo tanto, sean más saludables para los consumidores, sino también que mejore el nivel de protección del bienestar animal. La prohibición de confinar a las cerdas en celdas individuales se ha introducido con tiempo suficiente como para que las explotaciones hayan podido adaptarse y asumir los costes de inversión.

Consciente de que varios Estados miembros seguían sin transponer la normativa europea en la materia, la Comisión ha advertido varias veces en el último año del vencimiento del plazo de aplicación de la Directiva.

Próximos pasos

La Comisión seguirá recordando a los Estados miembros la importancia de adoptar con toda urgencia las medidas necesarias para aplicar lo dispuesto en la Directiva 2008/120/CE del Consejo y facilitando información transparente y armonizada sobre la introducción de la cría de cerdas en grupo.

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