La Comisión Europea adoptó el viernes un reglamento (que se publicó el sábado como Reglamento nº619/2011) que da una solución técnica a los problemas comerciales que estaba generando el principio vigente en la UE de tolerancia cero de organismos modificados genéticamente (OMG) que no están autorizados en la UE. Dicha norma establece que la presencia de un OMG no autorizado en la UE, por pequeña que sea en un cargamento de alimentación animal, provoca que dicho cargo no pueda entrar en la UE.
La normativa aprobada, que entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, es decir, el 15 de julio próximo), establece un cero técnico en el nivel de 0,1%, que corresponde al nivel más bajo de material modificado genéticamente que es considerado por el Laboratorio de Referencia de la UE para la validación de los métodos cuantitativos. El Reglamento se limita a materias MG para piensos, para los que hay un procedimiento de autorización pendiente en la UE o para los que la autorización ha caducado.
Además, este material tiene que cumplir una serie de criterios, que también se exponen en el Reglamento. Asimismo, éste establece un enfoque armonizado de los controles en todos los Estados miembros y mejora la seguridad jurídica para los importadores de alimentos procedentes de terceros países.
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